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  • Kunath considera “repudiable” el fallo de la Corte que sobreseyó a Ilarraz en un caso controvertido

    Parana » Informe Digital

    Fecha: 03/07/2025 15:40

    La ex senadora nacional Sigrid Kunath (PJ-Entre Ríos) expresó su descontento por la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que sobreseyó por prescripción al cura Justo José Ilarraz, quien había sido condenado en Entre Ríos por abuso de menores. Kunath lamentó que no se haya tomado en cuenta la Ley 27.206, conocida como “Ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas”, que ella misma impulsó y fue sancionada en 2015. En una entrevista en el programa A Quien Corresponda (Radio Plaza 94.7), Kunath recordó que el origen de esta ley fue el caso Ilarraz. Resaltó que en los fundamentos del primer proyecto presentado se mencionan párrafos de sentencias del Poder Judicial de la provincia que consideró ejemplares, ya que no permitieron que se haga lugar a la proscripción. “Para mí, la ley 27.206, desde su presentación hasta los debates interminables sobre su implementación, ha sido transformadora en mi vida profesional y personal. Agradezco a las víctimas que, después de tantos años y dificultades, siguen testimoniando por una sociedad más justa”, reflexionó. Además, añadió que, más allá del aspecto legal, existe una necesidad de prevención y visibilización de esta problemática, que afecta profundamente a nuestras comunidades. Mencionó otros casos en Entre Ríos, como el de Broggi, Escobar Gaviria y Rivas en Gualeguaychú, subrayando la responsabilidad colectiva de abordar estos delitos y generar espacios para hablar de ellos. “Los sobrevivientes tienen un rol fundamental; su valentía es inconmensurable. Para mí, e incluso para todos quienes me acompañaron en su momento, la ley marcó un antes y un después en nuestro trabajo legislativo. A casi diez años de su sanción, seguimos comprometidos con esta causa”, aseguró. Cuando se le preguntó sobre posibles presiones de la iglesia, la ex legisladora respondió: “No recibí llamadas en ese sentido. En la sanción de la ley, propuse originalmente la imprescriptibilidad total, pero la discusión actual habría surgido igualmente, ya que se refiere a casos anteriores a la entrada en vigencia de la ley”. Kunath explicó que, en el Senado, la primera versión de la ley fue aprobada por unanimidad y luego se modificó en Diputados, estableciendo un supuesto de suspensión de la prescripción mientras las víctimas fueran menores de edad o hasta que pudieran realizar una denuncia. Esto, sumado a la inhabilitación perpetua para quienes cometían delitos valéndose de su profesión, fueron las principales modificaciones acordadas para avanzar en una normativa que superara la ley Piazza. Ella consideró que la ley Piazza representó un cambio de paradigma al poner el foco en las víctimas. “No todos los delitos deben ser juzgados de la misma manera. Es fundamental que exista una posibilidad más amplia para que las víctimas puedan denunciar”, subrayó. Sobre la discusión en torno al fallo de la Corte, Kunath enfatizó que “para los casos ocurridos después de la entrada en vigencia de la ley, este tipo de debate ya no debería existir”. La Corte determinó que tanto la ley Piazza como la Ley de Respeto a los Tiempos de las Víctimas no pueden aplicarse retroactivamente. No obstante, destacó que en algunos fallos previos en el caso Ilarraz se había sostenido la no prescripción de los delitos, protegiendo los derechos de niños, niñas y adolescentes. Afirmó que la prescripción debe considerarse de manera diferente según la naturaleza del delito. Kunath expresó su profundo desánimo ante la postura de la Corte Suprema: “Me impactó y me generó tristeza, ya que la ley fue creada para ofrecer una mayor protección a las víctimas. Este fallo va en contra de lo que buscamos”. Finalmente, remarcó que ha analizado diversos fallos en el caso Ilarraz, los cuales consideró ejemplares y fundamentados. Así, lamentó que la Corte no adoptara una mirada diferente en su reciente decisión. Por otra parte, Maximiliano Hilarza y Hernán Rausch subrayaron que “la prescripción no exime de culpabilidad” al sacerdote Justo José Ilarraz, quien fue condenado a 25 años de prisión por abuso de menores.

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