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» La Capital
Fecha: 01/07/2025 13:21
Mientras esperan el próximo aumento en sus haberes, un grupo de empleadas domésticas puede iniciar los trámites para obtener un beneficio en julio En el mes de julio, las empeladas domésticas no obtuvieron ningun aumento La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) ya adelantó el monto de sus prestaciones en el mes de julio. En este contexto, mientras las empleadas domésticas aun esperan un aumento en sus haberes, el organismo anunció un beneficio para un grupo específico en septimo mes del año. Según Anses, "el personal de casas particulares desempeña tareas de: limpieza, mantenimiento u otras actividades del hogar, asistencia personal, acompañamiento y cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad”, pueden acceder al beneficio de la Asignación por Maternidad . Ese beneficio tiene como objetivo garantizar los ingresos de las personas embarazadas que trabajan en relación de dependencia. Con respecto al aumento para el mes de julio , se supo que este equivaldrá al 1,5%. Este cálculo responde a la Ley de Movilidad, que fija que los valores del mes se rijan de acuerdo a la inflación del penúltimo mes registrado por el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el Indec. En tanto el registro de la inflación de mayo se publicó como 1,5%, es ese mismo número el que corresponde de aumento. A continuación, los requisitos que deben cumplir las empleadas domésticas y los trámites que deben llevar a cabo para la obtención del beneficio. >>Leer más: Empleadas domésticas y niñeras: cuánto cobran en julio y quiénes pueden recibir montos extra Requisitos para solicitar la Asignación por Maternidad Para acceder a la Asiganción por Maternidad, la trabajadora debe cumplir con una serie de requisitos. Entre ellos Anses detalla: Tener 12 semanas de gestación o más. Tener al menos 3 meses de antigüedad en el empleo. Asimismo si la trabajadora es de temporada, debe estar trabajando en el momento de solicitar la licencia por Maternidad. Documentación necesaria para solicitar la Asignación por Maternidad Para dar inicio al tramite de obtención de la licencia por maternidad, la empleada domestica debe contar con la siguiente documentación: El formulario Declaración Jurada Maternidad Servicio Doméstico (PS 2.75) (rubros 1, 2, 3, 4, 5 y 6). La constancia de “Alta de Personal de Casas Particulares”. El formulario F.102/RT, “Volante de Pago Trabajador de Casas Particulares, Aportes y Contribuciones”. En caso de no tenerlo se puede llevar el recibo de sueldo. Cabe recordar, que la empleada doméstica puede llevar una nota del empleador, con carácter de declaración jurada, en lugar de completar el rubro 4 del formulario. Dicha nota debe tener la fecha de notificación del diagnostico, el certificado médico firmado con el nombre y el DNI. Por su parte, la constancia solicitada, se emite a través del portal de Casas Particulares de ARCA, al que se accede ccon CUIL y Clave Fiscal. El trámite se puede realizar de manera online a través de la pagina web de Anses o bien de manera presencial, solicitando turno en alguna de sus oficinas. Antes de comenzar el proceso online es necesario revisar y corregir, si es necesario, los datos personales y vínculos familiares de Mi Anses. >>Leer más: Anses: cómo quedan las asignaciones familiares en julio Cuánto cobran las empleadas domésticas por hora en julio Los montos de los salarios de las empleadas domésticas por hora, se encuentra detallado según las distintas tareas: Supervisor/a: Con retiro: $3.454 por hora / $430.878 mensuales. Sin retiro: $3.783 por hora / $479.950 mensuales. Personal de tareas específicas: Con retiro: $3.270 por hora / $400.310 mensuales. Sin retiro: $3.585 por hora / $445.613 mensuales. Caseros: $3.089 por hora / $390.567 mensuales. Asistencia y cuidado de personas: Con retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales. Sin retiro: $3.454 por hora / $435.246 mensuales. Personal para tareas generales: Con retiro: $2.863 por hora / $351.223 mensuales. Sin retiro: $3.089 por hora / $390.567 mensuales. A su vez, teniendo en cuenta el artículo 181 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), las empleadas domésticas que trabajen en el feriado del miércoles 9 de julio podrán cobrar hasta un monto doble del ordinario.
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