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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 24/06/2025 08:31
Los valores de referencia para tareas generales en julio oscilaron entre $2.170 y $2.340 por hora, según la modalidad (Imagen Ilustrativa Infobae) En julio de 2025, el esquema de remuneraciones para el personal de casas particulares mantuvo los valores fijados en las resoluciones previas, sin nuevos incrementos oficiales desde el primer trimestre del año. El régimen regulatorio sigue sin actualizaciones automáticas y el piso salarial permanece congelado, lo que derivó en una dinámica en la que empleadores y trabajadores negocian de manera individual los ajustes necesarios para compensar el deterioro del poder adquisitivo. Categorías y escalas por hora y por mes La escala salarial se dividió en cinco categorías principales: supervisores/as, tareas específicas, caseros/as, cuidado de personas y tareas generales. Los valores variaron según si el trabajo se realizó con retiro o sin retiro, además del tipo de jornada (por hora, diaria o mensual). Personal para tareas generales Este grupo incluye las tareas más frecuentes como limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, y en algunos casos, la preparación de comidas simples. $2.170 por hora con retiro $2.340 por hora sin retiro $266.163 por mes con retiro $296.157 por mes sin retiro Asistencia y cuidado de personas Esta categoría comprende a quienes brindan asistencia a personas mayores, enfermos, niños u otras personas en situación de dependencia funcional. $2.340 por hora con retiro $2.610 por hora sin retiro $296.158 por mes con retiro $330.166 por mes sin retiro Caseros/as Aquellos trabajadores que residen en el lugar de trabajo y tienen tareas de mantenimiento general de la vivienda. $2.340 por hora $296.158 por mes Tareas específicas Incluye cocineros/as y otro personal con formación técnica o profesional que realiza tareas determinadas. $2.480 por hora con retiro $2.720 por hora sin retiro $304.346 por mes con retiro $338.653 por mes sin retiro Supervisores/as Encargados de coordinar y controlar las tareas de otros empleados dentro del hogar. $2.570 por hora con retiro $2.810 por hora sin retiro $322.324 por mes con retiro $358.751 por mes sin retiro Los salarios actuales del personal de limpieza en casas particulares se establecieron oficialmente en febrero de 2025 y desde entonces no modificaron su valor (Getty Images/Seksan Mongkhonkhamsao) Cómo se calcula el aguinaldo El Sueldo Anual Complementario (SAC) se liquida en dos cuotas: la primera en junio y la segunda en diciembre. La fórmula de cálculo consiste en tomar el 50% del mejor sueldo mensual percibido en cada semestre, incluyendo horas extra si las hubo. En julio, muchos empleadores continuaron liquidando o regularizando pagos correspondientes al medio aguinaldo de junio. El cálculo toma como base el mes de mayor ingreso bruto entre enero y junio. Si una persona trabajó menos de seis meses en el período, el aguinaldo se prorratea en función del tiempo trabajado. Por ejemplo, si una empleada trabajó desde marzo con un sueldo mensual de $266.163, y ese fue su mejor salario, se calcula el 50% de ese valor y se ajusta por los tres meses efectivamente trabajados. Modalidades de contratación El régimen contempla dos tipos de vínculo laboral: Con retiro: La persona no reside en el domicilio del empleador y tiene horarios definidos. Sin retiro: La persona reside en el domicilio del empleador y suele estar disponible por más horas, incluso fines de semana. En ambos casos, el empleador debe registrar a la trabajadora, pagar aportes mensuales, ART y respetar las condiciones establecidas por la ley 26.844, incluyendo licencias y feriados. Negociación de aumentos y congelamiento del piso Desde hace varios meses, el valor mínimo establecido por el régimen se mantuvo congelado. Esta falta de actualización oficial impulsó una tendencia creciente en la cual los ajustes salariales se acordaron de forma privada entre empleadores y empleados, sin intervención de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares. En este contexto, se generó una gran disparidad entre los valores formales y los que efectivamente se pagan en el mercado. Algunos empleadores reconocieron la necesidad de aumentar los sueldos para retener personal, mientras que otros indicaron que debieron reducir las horas contratadas por falta de recursos. No se anunciaron nuevas reuniones oficiales ni fechas para una eventual revisión del piso salarial. En paralelo, surgieron dudas entre empleadores sobre cómo proceder para cumplir con las obligaciones legales sin una referencia actualizada. Pagos por día y por semana Además del pago mensual, muchas relaciones laborales en el servicio doméstico se dan en modalidad por día o por hora. Según los valores actuales, una persona que trabaja cuatro horas por día, dos veces por semana, en tareas generales con retiro, percibe un total aproximado de $17.360 por semana (8 horas semanales x $2.170). En casos donde el trabajo es más frecuente o la persona cumple funciones múltiples, los ingresos mensuales pueden superar los valores establecidos oficialmente, si se negocian pagos por fuera de la escala mínima. Obligaciones del empleador Cualquier persona que contrata a personal doméstico de manera regular, aun por pocas horas semanales, debe registrarlo ante la AFIP, pagar aportes y contribuciones, asegurar cobertura por ART y emitir recibos de sueldo. La falta de cumplimiento puede derivar en sanciones económicas y reclamos judiciales. El monto mensual de aportes y contribuciones depende de la cantidad de horas trabajadas. Para empleadas con más de 16 horas semanales, los valores vigentes en julio fueron: $13.800 en total, incluyendo aportes previsionales, obra social y ART. Cobertura médica y licencias El régimen otorga acceso a obra social a quienes trabajan al menos 16 horas semanales, siempre que el empleador cumpla con el pago de aportes. También contempla licencias por enfermedad, maternidad, vacaciones pagas, días por estudio y permisos especiales. Las vacaciones se calculan en función de la antigüedad, con un mínimo de 14 días corridos para quienes tienen más de seis meses de antigüedad al 31 de diciembre del año anterior.
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