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Parana » AnalisisDigital
Fecha: 17/06/2025 01:33
Las familias asalariadas argentinas de menos ingresos pagan más impuestos que aquellas que tienen mayores ganancias, según el informe del Instituto Argentino de Análisis Fiscal (Iaraf) que analiza el llamado “día de la independencia tributaria”. En concreto, una familia con un salario bruto mensual de $1.550.000 que alquila un departamento de tres ambientes y no tiene auto tiene una carga tributaria del 49,3% de su ingreso total, mientras que una con un sueldo de $3.380.000, una vivienda propia en un barrio alejado del centro y un auto usado chico enfrenta una carga del 47,3%. También paga proporcionalmente menos que la primera una familia con un salario bruto mensual de $4.950.000, una casa en un barrio de mayor poder adquisitivo y un auto mediano relativamente nuevo. En este caso, la carga tributaria es del 47,8%, publicó La Nación. Solo enfrenta una mayor carga impositiva una familia con un sueldo bruto mensual de $7.100.000, una vivienda en un barrio privado y dos autos relativamente nuevos. En este caso la carga es del 49,9%. “Esto pone de manifiesto la existencia de una regresividad en la carga tributaria. En efecto, los casos 2 y 3 de ingresos, que tienen un ingreso total un 118% y un 219% más alto que el caso 1, respectivamente, tienen una carga entre 1,5 y 2 puntos porcentuales inferior. Por su parte, el caso 4, con un salario un 360% mayor que el del caso 1, tiene una carga tributaria solamente 0,6 puntos porcentuales más elevada”, describe el informe. Esto se debe, según el Iaraf, al peso de los aportes personales para la seguridad social. El caso 1 tiene 7,4 puntos porcentuales más de carga tributaria que el caso 4 dado que tiene un aporte de 13,7% del ingreso total, mientras que el cuarto caso tiene uno del 6,3%. El otro factor explicativo, según el instituto, es la típica regresividad de los tributos indirectos, como el IVA. Con relación al caso 1, el caso 2 tiene una carga 1,9 puntos porcentuales inferior; el caso 3, una de 2,7 puntos porcentuales inferior, y el caso 4, una de 3,8 puntos porcentuales inferior. Si en vez de porcentajes se analiza la carga tributaria por días trabajados, el caso 1 tiene que trabajar 180 días para pagar los impuestos; el 2, 173; el 3, 175, y el 4, 182. Es decir que el “día de la independencia tributaria” para cada hogar sería el 29 de junio, el 22 de junio, el 24 de junio y el 1° de julio, respectivamente.
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