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  • Confirman procesamiento de una empresa por contrabando agravado de material electrónico considerado “residuos peligrosos”

    Valle María » Vallemarianoticias

    Fecha: 09/06/2025 01:27

    Lo dispuso la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná que rechazó parcialmente el recurso de apelación de la firma Indra SA, confirmando el procesamiento de los directivos y readecuó el embargo sobre los bienes de la firma por la suma de 126.362.307,32 pesos. La causa comenzó con la denuncia que realizó en enero de 2021, el Administrador de AFIP-Aduana Gualeguaychú. La readecuación del embargo procedió porque se tomó el aforo en dólares estadounidenses y no en pesos argentinos. En Acuerdo de la Cámara Federal de Apelaciones de Paraná, integrada por Mateo José Busaniche, presidente; y Beatriz Estela Aranguren, vicepresidente, se resolvió “rechazar parcialmente el recurso de apelación interpuesto por la defensa de la firma Indra SI SA y, en consecuencia, confirmar la resolución del 21 de abril de 2025 que resuelve el procesamiento de la nombrada por considerarla prima facie autora del delito de contrabando agravado, de conformidad con lo dispuesto en el Código Aduanero (CA)…, y del Código Penal (CP)”. También dispuso “readecuar el embargo impuesto sobre los bienes de la procesada a la suma de 126.362.307,32 pesos; de conformidad a los considerandos precedentes…”. La readecuación dispuesta contó con el consentimiento del fiscal general, que “entendió que le asiste razón al impugnante, ya que la base del cálculo del mismo, sin motivación real, habría sido tomada del aforo en moneda extranjera, dólares estadounidenses y no en referencia al monto en pesos argentino, conforme obra en dicha planilla de valoración y de conformidad a cómo fuera calculado respecto del co-imputado Viaggio; por lo que el cálculo deviene nulo, debiendo así ser declarado, encomendándose un nuevo cómputo tomando como base el aforo considerado, esto es, 31.590.576,83 pesos…, con expresa consideración ante la eventual penalidad pecuniaria que debería recaer en caso de condena”. Cronología Las actuaciones llegaron a la Cámara derivadas del Juzgado Federal Nº1 de Gualeguaychú, que el del 21 de abril de 2025, dictó “el procesamiento de la nombrada por considerarla prima facie autora del delito de contrabando agravado”, y dispuso el embargo de sus bienes por 2.370.353.280 pesos. El recurso fue concedido el 30 de abril de 2024. La Cámara precisó que “en lo que a esta incidencia respecta, el 25 de febrero de 2025 se le recibió declaración indagatoria a la firma Indra SI SA, cuando se le imputó el hecho, entendiendo que “habría sido la donante de los insumos informáticos y remitente de la mercadería proveniente de la Zona Franca de Colonia”. El 21 de abril de 2025 el Magistrado resolvió su procesamiento por el delito de contrabando agravado, y el embargo de sus bienes por la suma de 2.370.353.280 pesos. Contra esa resolución se alzó la defensa, dando lugar a la intervención de la Cámara. Suficientes La Cámara, respecto del procesamiento, sostuvo que “de la lectura de la resolución recurrida se advierte que los elementos cuya valoración llevaron al Magistrado a tener por acreditada su participación en el hecho ilícito enrostrado, –a saber: declaraciones testimoniales, MIC/DTA, carta de porte internacional; e informes, entre otros (obrantes en Sistema Judicial Lex100 y documental reservada en secretaría)-, resultan suficientes para su confirmación”. Sin dolo La defensa de la firma alegó que “no se encontraría acreditado el elemento subjetivo de la figura imputada, ya que habría hechos significativos que demostrarían que su defendida no actuó con el propósito de burlar el control aduanero; y que se habría aclarado que se trataba de un lote de más de 3.000 equipos conformado por monitores, impresoras, computadoras de escritorio, teclados, servidores, escáners, en buen estado de funcionamiento en su mayoría, cuya donación fue decidida en agosto del año 2019 a la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia de Bolivia (Cidob) y enviada en febrero del año siguiente, contratando a las personas especializadas a tal fin; y que la única intención de Indra SI SA fue donar equipos que por ser de primera calidad seguían en funcionamiento, para que puedan ser aprovechados con fines sociales”. El caso Las actuaciones se iniciaron “con la denuncia realizada el 19 de enero de 2021, por el Administrador de AFIP – Aduana Gualeguaychú, Licenciado Falcón, en el Juzgado Federal de la aquella ciudad, informando que no habrían arribado a destino seis camiones de Tránsito Directo de Importación, destino Bolivia, Aduana de salida Pocitos, Salta; ingresados por Aduana de Gualeguaychú, en el marco del Acuerdo sobre Transporte Internacional Terrestre (ATIT), tres de ellos el día 22 de febrero de 2020 y tres el 27 de febrero de 2020, en transportes –aparentemente- pertenecientes a la empresa de origen boliviano, Cooperativa Tarija del Sur RL, siendo la empresa Tradex LTDA responsable de la logística y representante de la mencionada empresa en la República Oriental del Uruguay”. Mercadería usada La denuncia adicionó que “en sus Manifiestos de Carga Internacional se declaró la mercadería como ‘Insumos informáticos y de computación – Mercadería Usada de primera calidad, sin defectos, DUA 758871’, y que según se declaró, provenía de Zona Franca Colonia (Uruguay), siendo su remitente la empresa Indra SI SA, y su destinatario en Bolivia, la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente, Chaco y Amazonia de Bolivia (Cidob)”. La denuncia sostiene que “por tratarse de Tránsitos Directos ingresados en el marco del ATIT, efectuados los controles de patentes y recintos, ingresaron por un plazo determinado de cuatro días, en el cual debía hacerse efectiva su salida por la Aduana de destino”. En la presentación se destacó que “los camiones en cuestión fueron secuestrados en la localidad de Pocitos, provincia de Salta, en marzo de 2020” y se añadió que “posteriormente, se informó desde la Aduana de Pocitos -en junio de 2020-, que los transportes no habían ingresado allí”. Residuos peligrosos Así, ante aquella situación, “la Aduana respectiva labró la correspondiente Acta de infracción a la ley N°22.415, se ordenó el secuestro y verificación de la mercadería, su clasificación arancelaria y valoración en virtud de lo dispuesto… en la ley mencionada”. El 25 de agosto de 2020 la Aduana de Pocitos remitió a la Aduana Gualeguaychú las planillas de Aforo, de las que surgió que “la mercadería se trataba de insumos informáticos y de computación con evidente estado de uso y deterioro, con la leyenda de ‘No Funciona’. Por tal motivo, intervino la División Prohibiciones No Económicas de la AFIP–DGA, por ser el área competente en la materia y por medio de ésta a la Dirección Nacional de Sustancias y Productos Químicos del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación, siendo el valor del aforo de los seis tránsitos de importación en un total de 31.590.576,83 pesos”. Posteriormente, se precisó que “se caracterizó a la mercadería como ‘residuos peligrosos’ en los términos de la ley N°24.051… , precisamente ‘residuos de aparatos eléctricos y electrónicos’, estando prohibido su ingreso al país en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 de la Constitución Nacional. En razón de ello, el Juez Federal ordenó su devolución a origen, con carácter urgente”. El 5 de noviembre de 2021 se le recibió declaración indagatoria a Eduardo Ricardo Viaggio –presidente del directorio de la firma Indra SI SA; y el 18 de abril de 2022, el Magistrado resolvió dictar su procesamiento por el delito de contrabando agravado…, y dispuso el embargo de sus bienes hasta cubrir la suma de 126.362.307,32 pesos; confirmado por este Tribunal el 4 de junio de 2022”. APF

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