03/06/2025 05:45
03/06/2025 05:45
03/06/2025 05:45
03/06/2025 05:40
03/06/2025 05:40
03/06/2025 05:40
03/06/2025 05:39
03/06/2025 05:30
03/06/2025 05:30
03/06/2025 05:30
» Radiosudamericana
Fecha: 01/06/2025 15:13
Domingo 01 de Junio de 2025 - Actualizada a las: 13:58hs. del 01-06-2025 SISTEMA ELECTORAL ARGENTINO El Dr. José Pérez Corti es abogado, magister en partidos políticos, doctor en derecho y ciencias sociales. En Radio Sudamericana se refirió a la actualidad del sistema electoral en la Argentina, en un año que se votará para renovar legisladores y en Corrientes y Santiago del Estero a gobernador. El abogado reconoció que “como todo lo que es novedoso, nosotros los abogados y el derecho, lo va corriendo por detrás y tratando de comprender”. Puso como ejemplo la inteligencia artificial, que “no sería un objeto de regulación en cuanto es un es simplemente un avance informático para procesar eh datos o procesar información y lograr determinados resultados, sino como una herramienta que empodera cualquier ciudadano” En cuanto al tema del presidencialismo, el abogado señaló que “es una cuestión muy relevante a la hora de valorar la legitimidad de los resultados electorales, en un país como Argentina donde su idiosincrasia social es muy diferente a la de los habitantes de Estados Unidos”. “La pregunta es si nosotros tendremos esa cultura”, aclaró. El abogado explicó que “mientras se respete lo que establece el Artículo 5 de la Constitución Nacional, la obligatoriedad del voto no es un requisito”. También apuntó que “nuestro régimen electoral es distinto al de Estados Unidos”, en cuanto a si una provincia puede alterar el resultado de una elección nacional. También expuso que “la sanciones o las multas se aplican según los criterios de cada organismo electoral y como entiende que corresponde interpretar esa norma, según cada hipótesis”. Agregó que “además existen otro tipo de sanciones secundarias”, como en caso de acceso a cargos por ejemplo, que requieren una regularidad electoral y “no todo es una multa”. Pérez Corti puso como opción que “también se podría evaluar el cumplimiento o regularidad electoral para ingresar a cargos en la administración pública”, debido a que “es un deber cívico”. Otro de los temas a considerar es el de la publicidad en redes sociales, aclaró que “en primer lugar la actividad individual personal, no está vedada”, sino que “lo que está vedado es “una campaña sistematizada o una estrategia electoral que es contratada y son los organismos electorales los que tienen que comenzar a incorporar entre sus decisiones la función de controlar las redes sociales”. Comentó que “en Brasil, el día de la elección, si ustedes observan las imágenes, van a ver que el Ministerio Público Fiscal con sus chalecos puestos está todo el día en la calle, porque está viendo justamente garantizar la no violación de ese tipo de restricciones, garantizar que el ciudadano vote sin que se afecte su libertad y su autonomía para decidir”. Apuntó también que “es interesante hablarlo en la conversación pública, en el espacio público, pero, efectivamente, hay que restringir todo lo que sea reformas o cambios a los años no electorales para evitar lecturas respecto de los beneficios o perjuicios”.
Ver noticia original