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  • Declaran inconstitucional DNU que prohibía tratamientos de adecuación de género para menores – MisionesOpina

    » Misionesopina

    Fecha: 30/05/2025 20:22

    La Cámara Federal de Apelaciones de Paraná declaró inconstitucional el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) N°62/2025 dictado por el presidente Javier Milei, que prohibía a menores de edad acceder a tratamientos y cirugías de adecuación de género. El fallo fue emitido el 29 de mayo y confirmó una sentencia previa del juez federal Daniel Edgardo Alonso, que ordenaba a la obra social OSECAC autorizar y cubrir una cirugía solicitada por un adolescente trans de 17 años. La decisión, tomada por mayoría con los votos de los jueces Beatriz Estela Aranguren y Mateo José Busaniche, implica la restitución plena del artículo 11 de la Ley de Identidad de Género (Ley 26.743), que permite el acceso a tratamientos médicos para adecuar el cuerpo a la identidad autopercibida, incluso en personas menores de 18 años. La jueza Cintia Graciela Gómez votó en disidencia. Un fallo que refuerza la vigencia de derechos consagrados por ley El caso se originó en una acción de amparo presentada por los padres del adolescente, quienes solicitaron la cobertura médica de una mastectomía indicada por profesionales de la salud. El juez Alonso había ordenado a OSECAC brindar de inmediato la interconsulta con un prestador médico y cubrir el procedimiento de forma integral. Ahora, la Cámara respaldó esa decisión y declaró inconstitucional el intento del Ejecutivo de modificar la normativa vigente por decreto. En su fallo, el tribunal sostuvo que el DNU no justificaba debidamente la necesidad y urgencia exigidas por la Constitución Nacional para este tipo de medidas. “No se observan circunstancias excepcionales que ameriten el cambio en la ley introducida por DNU por el Presidente de la Nación”, afirmaron los jueces, subrayando que el decreto constituye “un arrogamiento de facultades legislativas”. Críticas al argumento del Ejecutivo y un precedente jurídico La Cámara también cuestionó los fundamentos esgrimidos por el Gobierno nacional, que en el texto del decreto mencionaba el “interés superior del niño” y citaba un informe de la Dirección Nacional de Abordaje Integral de Salud Mental, que advertía sobre la falta de certezas científicas respecto de los efectos de las terapias hormonales a largo plazo. Para los jueces, esos argumentos no resultan suficientes para justificar una restricción de derechos previamente reconocidos por ley. El fallo sienta un importante precedente en el marco de la discusión sobre los alcances del DNU 62/2025, y marca límites al uso de decretos para alterar leyes aprobadas por el Congreso. Además, refuerza la vigencia de la Ley de Identidad de Género, sancionada en 2012 con amplio consenso político, que garantiza el acceso a tratamientos e intervenciones médicas para personas trans, incluidas las menores de edad. Fuente: Infobae

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