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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 25/05/2025 02:32
El empresario Lázaro Báez mientras asistía a una audiencia ante al Tribunal Oral Federal 4 de Buenos Aires/EFE La Corte Suprema ya se encuentra analizando la causa conocida como “La Ruta del Dinero K”, en la que el empresario Lázaro Báez fue condenado a 10 años de prisión por lavado de dinero. El tribunal, que acaba de sumar dos conjueces, debe decidir si confirma las condenas o si revisa el caso, en medio de un debate sobre la posible aplicación retroactiva de una ley penal. Para resolver las diferencias de criterio entre los tres jueces que integran el tribunal, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, se designaron dos conjueces, Ramón González y Mariano Lozano, quienes ya aceptaron sus cargos y comenzarán a analizar el expediente. Recientemente, Rosenkrantz propuso enviar el caso al procurador general de la Nación, Eduardo Casal, para que dictamine si se aplicó correctamente la ley penal más benigna. Este planteo surge porque la defensa de Báez argumenta que fue condenado bajo una ley que no estaba vigente al momento de los hechos. Por su parte, según fuentes del tribunal, Rosatti y Lorenzetti se inclinarían por considerar que no es necesario realizar este análisis, rechazando así los recursos de apelación sin mayores explicaciones, invocando el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial. Sin embargo, el debate está abierto y hay que esperar la opinión de los conjueces para ver cómo va a estar compuesto el voto de la mayoría. Los conjueces designados tienen experiencia en casos complejos. González, integrante de la Cámara Federal de Corrientes, ha intervenido en investigaciones como el supuesto espionaje ilegal durante el gobierno de Mauricio Macri y es autor de un libro sobre derecho penal. Lozano, miembro de la Cámara Federal de General Roca, ha participado en fallos relacionados con comunidades mapuches y casos de corrupción en la AFIP. La causa judicial La causa, que involucra a Báez y a otros condenados, se centra en el blanqueo de al menos 60 millones de dólares mediante una financiera conocida como La Rosadita, ubicada en Puerto Madero. Según el expediente, el dinero fue transferido a cuentas en Suiza a través de empresas constituidas en Uruguay y España, para luego ser destinado a la compra de bonos argentinos, que posteriormente fueron vendidos y el dinero reingresó al país. Las investigaciones apuntan a que estos fondos provenían de la evasión fiscal de las empresas constructoras y de presuntos actos de corrupción en licitaciones de la obra pública. El caso también ha generado controversia debido a su posible conexión con la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Aunque la Cámara Federal insistió en procesarla como supuesta beneficiaria del dinero de Báez, el fiscal Guillermo Marijuan, quien inicialmente la acusó, concluyó que no existen pruebas suficientes para sostener esa imputación. Esta semana, la Cámara Federal aceptó un pedido de la ONG “Bases Republicanas” para que se analice si debe ser aceptado como prueba un audio de Báez, en el que supuestamente asegura que el dinero que manejaba no le pertenecía, sino que era de alguien de “arriba”. La Sala II de la Cámara ordenó al juez Sebastián Casanello que vuelva a analizar el pedido en una audiencia con las partes. Los argumentos de la defensa Los jueces de la Corte Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti Los tres jueces de la Corte junto a los dos conjueces deberán evaluar ahora los planteos de la defensa. Este viernes, el abogado de Báez, Juan Villanueva, presentó ante el tribunal el dictamen de la Fiscalía General de Casación a favor de que la Corte abra el recurso. Además aportó los videos de las audiencias y se ofreció a exponer oralmente ante los conjueces que deben interiorizarse del caso. En la queja presentada el 5 de julio de 2023 ante la Corte, la defensa cuestionó el fallo de la Cámara de Casación que rechazó un recurso contra la condena a Lázaro Báez. En esa presentación argumentaron que se aplicó una condena por un delito que no existía al momento de los hechos juzgados. Es decir, que se le aplicó la Ley 26.683 —que introdujo el delito de “autolavado”— de forma retroactiva, sin considerar que esa conducta no era delito cuando ocurrió. Además, la defensa planteó que, durante la investigación, el Estado interceptó de forma ilegal las comunicaciones privadas entre Báez y su abogado mientras estaba detenido en Ezeiza, lo que vulneró la confidencialidad en la relación abogado-cliente. Por otro lado, los defensores argumentaron que el TOF 4 juzgó a Báez dos veces por la misma conducta, la evasión fiscal y el lavado de dinero. Y también que los jueces de Casación modificaron los hechos y la calificación jurídica del caso sin permitirle a la defensa presentar pruebas o defenderse frente a esa nueva acusación. Tanto el tribunal oral como la Cámara de Casación rechazaron este argumento, considerando que los hechos juzgados ocurrieron bajo la vigencia de la ley actual. Ahora, la Corte Suprema deberá decidir si revisa este punto o desestima los recursos. En cuanto a las condenas, además de los 10 años de prisión impuestos a Lázaro Báez, otros involucrados recibieron penas significativas. Entre ellos, su hijo Martín Báez fue sentenciado a seis años y seis meses de prisión, mientras que el abogado Jorge Chueco y el contador Daniel Pérez Gadín recibieron la misma pena. Fabián Rossi, César Fernández, Federico Elaskar y Carlos Molinari, en tanto, recibieron penas que oscilan entre los tres y seis años de prisión. La Corte Suprema tiene la posibilidad ahora de desestimar los recursos de apelación u optar por revisar los argumentos presentados por las defensas. La decisión final será clave no solo para los acusados, sino también para el panorama político y judicial.
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