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Gualeguaychu » El Dia
Fecha: 22/05/2025 20:55
Grande fue el revuelo en la ciudad tras la noticia de que el concejal oficialista Maximiliano Lesik participó de un siniestro el fin de semana con una alcoholemia positiva de 1,87 gramos de alcohol en sangre. Horas más tardes y en diversas entrevistas con los medios, Lesik reiteró su decisión de continuar con su cargo, pese al pedido de renuncia del intendente Davico. Consultada por Ahora ElDía sobre las posibilidades legales de separar de su cargo al funcionario, la viceintendenta de la ciudad, Julieta Carraza, explicó que la Ley de Partidos Políticos (Ley Orgánica de los Municipios de Entre Ríos nº 10027), en su artículo 90 es explícita al respecto. Puede interesarte La norma citada dice “Artículo 90º: El Concejo Deliberante podrá con el voto favorable de los dos tercios (2/3) de sus miembros, corregir y aún excluir de su seno a cualesquiera de ellos por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones o por indignidad y removerlos por inhabilidad física o moral, sobreviniente a su incorporación.-” En caso de producirse la destitución, quien asumiría el cargo en este caso es Raymundo Legaria “por aplicación de la ley de paridad integral”. En su artículo 22° dicha ley reza: “ART. 22°.- Reemplazos. En el caso de muerte, renuncia, separación, licencia, inhabilidad o incapacidad permanente de unta representante de un cuerpo deliberativo o institución colegiada, será sustituido por la/el candidato/a del mismo partido político y del mismo género de acuerdo al orden de lista, con excepción de que uno de los géneros tenga representación minoritaria, en cuyo caso asumirá aquel candidato/a del género que corresponda hasta alcanzar la cuota del cincuenta por ciento (50%) de cada lista y en el cuerpo.” Cabe destacar también que el concejal señalado no puede ejercer su voto en este caso. Lesik en Ahora o Nunca:
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