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» Sin Mordaza
Fecha: 20/05/2025 11:00
La Cámara Federal de Apelaciones de Rosario dictó este lunes la prisión preventiva domiciliaria por 90 días para el juez federal Marcelo Bailaque, imputado en tres causas por delitos como extorsión, prevaricato y administración fraudulenta. Sin embargo, la medida no podrá hacerse efectiva mientras el magistrado conserve sus fueros, situación que solo puede modificar el Consejo de la Magistratura. Los camaristas Aníbal Pineda, Fernando Barbará y Elida Vidal rechazaron el recurso de apelación presentado por la defensa y ratificaron la prisión domiciliaria, al entender que hay verosimilitud en los hechos investigados por la fiscalía y que uno de ellos —la presunta extorsión— tiene una pena mínima de cinco años, lo que impediría una eventual condena condicional. En paralelo, la Cámara decidió reducir el embargo sobre los bienes de Bailaque: de los 1.400 millones de pesos que había fijado el juez de Garantías Eduardo Rodrigues Da Cruz, lo rebajó a 600 millones. Las imputaciones Bailaque fue imputado el 30 de abril por los fiscales Federico Reynares Solari, Matías Scilabra y Juan Argibay Molina, en tres causas que comprometen su accionar como magistrado. Una está vinculada a demoras en medidas judiciales contra el narco Esteban Alvarado, quien compartía contador con Bailaque. Otra se relaciona con irregularidades en la intervención de una cooperativa portuaria, y la tercera con una presunta extorsión a un empresario rosarino. A pedido de los fiscales, el juez Rodrigues Da Cruz ya había dictado la prisión preventiva del juez, ahora ratificada por la Cámara aunque en modalidad domiciliaria, como mecanismo para evitar un posible entorpecimiento de la investigación. Según los camaristas, si bien no hay riesgo de fuga, sí existen elementos para pensar que Bailaque podría interferir, como su eventual acceso al sistema judicial digital Lex 100 o su influencia sobre testigos. No obstante, la medida no se puede implementar mientras el juez federal mantenga sus fueros, y el Consejo de la Magistratura aún no se expidió sobre un posible desafuero o suspensión provisoria. La prisión domiciliaria dispuesta por la Cámara se establece por un período de 90 días, tras el cual se analizará nuevamente si es necesario extenderla. La ejecución de esta medida, recordaron los camaristas, está supeditada a lo que resuelva el Consejo conforme lo establece la ley 25.320.
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