06/05/2025 20:38
06/05/2025 20:37
06/05/2025 20:36
06/05/2025 20:36
06/05/2025 20:36
06/05/2025 20:35
06/05/2025 20:35
06/05/2025 20:34
06/05/2025 20:34
06/05/2025 20:33
» Diario Cordoba
Fecha: 06/05/2025 16:54
En mayo de 2024, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) desestimó el recurso y confirmó la sentencia condenatoria de la Audiencia de Barcelona contra Ángel P.R. quien, durante su servicio como taxista, insultó, vejó y agredió a una pareja de mujeres lesbianas y a una amiga de ambas que las intentó ayudar. Ahora, justo un año después, el Tribunal Supremo ha confirmado la pena de seis meses de prisión y dos multas, que suman 1.350 euros por un “delito relativo al ejercicio de los derechos públicos” y “tres delitos leves de lesiones”. Álvaro Machado, letrado de Vosseler Abogados que representa legalmente a las víctimas de la agresión homófoba, la ratificación de la condena por parte del Supremo demuestra “el compromiso de la Justicia en la lucha contra las desigualdades y los prejuicios de determinadas personas que atacan a los colectivos vulnerables de forma indiscriminada”. Los hechos se remontan al 3 de marzo de 2019 y ocurrieron en el aparcamiento de la discoteca ROW de Viladecans. Tal como recoge la sentencia, hacia la medianoche, Ángel P.R. increpó desde su taxi a una pareja de mujeres que se estaba besando con frases como: "esto es lo que os gusta" (...) "guarras" (...) "bolleras de mierda". Ante los insultos, una de las víctimas golpeó con la mano la puerta izquierda del taxi, con la intención de indicarle que se apartara de ellas. Pero en vez de seguir su camino, A.P.R. se bajó del vehículo y se encaró a la pareja insultándolas con palabras vejatorias como "guarras" y "bolleras de mierda". Agresiones Una amiga de la pareja quiso interceder, pero solo consiguió que Ángel P.R. la agrediera: la cogió por la muñeca y, con el "fin de causarle lesiones" (tal como señala la sentencia de la Audiencia de Barcelona), le propinó un puñetazo en la cara y la derribó al suelo, donde permaneció inconsciente unos momentos. A continuación, agredió a la pareja: empujó y tiró al suelo a una de ellas y, a la otra, le propinó un puñetazo en la boca. Las tres sufrieron lesiones de diversa consideración. Angel P.R. había denunciado también -en un caso de denuncias cruzadas- a la pareja y a la amiga que iba con ellas, porque presuntamente le habían provocado desperfectos en el vehículo pegándole una patada y le habían agredido, aunque el tribunal ha dictado absolución para las tres. El tribunal de la Audiencia de Barcelona La sala consideró que no había "quedado acreditado" lo denunciado por Angel P.R y ha destacado que su relato carece de credibilidad.
Ver noticia original