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  • Paraná discute un nuevo proyecto de ordenanza para regular el Servicio de Transporte Especial Adaptado

    Parana » Bicameral

    Fecha: 04/05/2025 14:03

    Los concejales de la capital provincial debaten un proyecto de ordenanza que busca regular el Servicio de Transporte Especial Adaptado (TEA) en el ejido de la Municipalidad de Paraná. Se trata del ordenamiento de los vehículos adaptados que están diseñados para garantizar la seguridad de las personas con discapacidad, con características como rampas, asientos especiales y sistemas de sujeción que minimizan el riesgo de accidentes. Se trata de una iniciativa de Fernanda Facello Gerez, Enrique Ríos (quien renunció a principios de año para asumir un cargo en el gabinete municipal) y Luisina Minni, la cual avanzó la semana pasada en el marco de una reunión de la Comisión de Seguridad Vial, Movilidad y Ordenamiento Urbano del Concejo Deliberante. Cabe destacar que en el año 2019, la Municipalidad de Paraná sancionó la Ordenanza 9.840 de Servicio de Transporte Especial Adaptado (TEA), con el objetivo de regular el transporte de personas con discapacidad o con dificultades para desplazarse. La regulación, asegura que las personas con discapacidad tengan acceso a un derecho fundamental: la movilidad. “En la práctica, la actual ordenanza da cuenta de la necesidad de una reforma, que ordene y establezca criterios claros a las áreas del municipio intervinientes, encargadas de otorgar la licencia para la explotación del servicio, y de llevar un control de las unidades que lo prestan”, dice el proyecto al que accedió Bicameral. Será Autoridad de Aplicación de ordenanza la Secretaría de Seguridad Vial, Movilidad y Ordenamiento Urbano de la Municipalidad de Paraná, o aquella que en el futuro la reemplace. Se adoptan en el marco de la normativa las siguientes definiciones: a) Servicio de Transporte Especial Adaptado: servicio de transporte apto para el traslado de personas con discapacidad; b) Licencia: Permiso que otorga la Municipalidad a una persona física o jurídica para efectuar la explotación del servicio; c) Registro Habilitante: Cuaderno expedido por la autoridad de aplicación, a los efectos de registrar la inspección técnica vehicular. Las licencias tendrán una validez de cinco años y podrán ser renovadas por idéntico plazo, en tanto que la inspección vehicular tendrá una validez de un año para los vehículos de hasta 10 años de antigüedad, y de seis meses para los vehículos de 11 a 15 años de antigüedad. “En caso de que el vehículo no reúna las condiciones adecuadas, se intimará al titular de la licencia para que lo subsane, quedando inhabilitado hasta su nueva revisión”, dispone. Además, habilita a que los vehículos puedan utilizar para el ascenso y descenso de pasajeros con discapacidad las dársenas de hoteles, lugares reservados para carga y descarga de mercadería, y los de libre acceso y estacionamiento de vehículos para personas con discapacidad o movilidad reducida.

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