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Parana » Bicameral
Fecha: 03/05/2025 04:08
El Senado de Entre Ríos comienza a debatir proyecto de ley que propicia la creación de la Obra Social de Entre Ríos (OSER), entidad que sucederá al Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), creado por Ley Nº 5480 y sus modificatorias. Según pudo confirmar Bicameral, será el próximo miércoles desde las 12 horas, en el marco de un plenario de las comisiones de Legislación General, de Presupuesto y Hacienda, y de Salud Pública y Drogadicción. Participarán como invitados el interventor del Iosper, Mariano Gallegos, junto al subinterventor de la obra social, Ricardo García. La noticia fue anunciada el pasado lunes por el gobernador Rogelio Frigerio en conferencia de prensa, adelantando el debate que comenzará a darse en los próximos días en la Legislatura. Al día siguiente, el proyecto tomó estado parlamentario y fue girado a comisiones. El proyecto de ley de ocho capítulos y 34 artículos dispone la creación de la Obra Social de Entre Ríos (OSER) “como una entidad de derecho público con autarquía administrativa y financiera”, la cual “será continuadora legal y patrimonial del Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper), creado por la Ley Nº 5480 y sus modificatorias, sucediéndolo a título universal en todos sus derechos y obligaciones, incluyendo su patrimonio, personal, afiliados, contratos y fondos existentes”. La Obra Social de Entre Ríos, según detalla, se relacionará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Gobierno y Trabajo, a cargo hoy de Manuel Troncoso. Uno de los puntos salientes del anuncio fueron los cambios dispuestos en el Directorio, el cual recibió fuertes críticas, y que estará regulado en el capítulo tercero del proyecto de ley. Esto fue uno de los puntos que mayores críticas generó en los gremios, ya que diluye el poder de los trabajadores en el órgano de conducción en pos de un cuerpo dominado mayormente por el Poder Ejecutivo, como adelantó oportunamente Bicameral. Según dispone, la Obra Social será administrada por un Directorio integrado por un Presidente y un Vicepresidente designados por el Poder Ejecutivo y dos Vocales en representación de los trabajadores, quienes serán designados por el Poder Ejecutivo, uno a propuesta del gremio mayoritario de la mesa paritaria docente y el otro a propuesta del gremio mayoritario de la mesa paritaria estatal. El Presidente y el Vicepresidente permanecerán en sus cargos hasta la finalización del mandato del gobernador que los hubiera designado, mientras que los Vocales se renovarán anualmente una vez conformada la comisión negociadora paritaria conforme la normativa vigente para las convenciones colectivas de trabajo de la provincia. El Presidente y Vicepresidente podrán ser removidos en cualquier momento por el Poder Ejecutivo, sin expresión de causa, mientras que los Vocales solo podrán ser removidos por el Poder Ejecutivo cuando se produzcan determinadas causales, como mal desempeño de sus funciones, “violación de secretos”, ausencias, faltas en su comportamiento, etc. El Directorio requerirá para sesionar la presencia de, al menos, dos de sus miembros. Cada uno de los miembros del Directorio tendrá derecho a un voto y las decisiones se tomarán por mayoría simple de los votos de los presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto. El anteúltimo artículo, como “disposición transitoria”, indica que “hasta tanto los gremios propongan al Poder Ejecutivo los Vocales que integrarán el Directorio, conforme el procedimiento previsto en los artículos 9° y 10° de la presente ley, la totalidad de las atribuciones otorgadas al Directorio serán ejercidas por el Presidente y el Vicepresidente de la Obra Social”. Además, se establece que las personas que, al momento de publicarse esta ley, se hallaren afiliadas al Iosper bajo cualquier modalidad, quedarán automáticamente afiliados a la OSER. A continuación, un resumen del proyecto de ley:
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