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  • Las reglas de un cónclave

    » Comercio y Justicia

    Fecha: 30/04/2025 10:55

    Por Luis R. Carranza Torres El término “cónclave” proviene del latín, significando “cum” (con) y “clavis” (llave). Es decir, “bajo llave”. Se refiere a la reunión que celebra el Colegio Cardenalicio de la Iglesia Católica para elegir a un nuevo Papa, cargo que lleva aparejado no sólo ser la cabeza de dicha iglesia sino también ser obispo de Roma, y soberano del Estado de la Ciudad del Vaticano. Este proceso ha sido refinado a lo largo de los siglos para garantizar una elección justa y libre de influencias externas. En su forma actual, el cónclave data de finales del siglo XIII. Las normas para la elección del Papa se han desarrollado a lo largo de casi dos milenios. Hasta la creación del Colegio Cardenalicio, ocurrida en el año 1059, los obispos de Roma no distaban en su elección de la forma practicada en otros lugares, siendo elegidos por aclamación del clero local y del pueblo. El primer cónclave, con los cardenales encerrados para evitar cualquier presión externa, se llevó a cabo en el año 1241, con la elección de Celestino IV. Sin embargo, fue sólo luego del ocurrido en 1268, tras la muerte del Papa Clemente IV, cuando se perfeccionó como sistema. Dicha reunión, en la ciudad de Viterbo, se extendió por casi tres años. Participaron inicialmente 20 cardenales, de los cuales varios murieron durante el prolongado proceso, marcado por intensas divisiones políticas entre facciones como los carolinos, que apoyaban un Papa francés, y los gibelinos, que preferían un pontífice vinculado con el Sacro Imperio Romano Germánico. Los habitantes de Viterbo, cansados de la interminable espera y enojados por el espectáculo de una iglesia incapaz de tomar decisiones, liderados por el podestà Raniero Gatti, sellaron literalmente las puertas del Palacio Episcopal donde se alojaban los cardenales. Se redujeron las raciones de comida, se retiró el techo del palacio para exponer a los cardenales a las inclemencias del tiempo y se prohibió cualquier contacto con el exterior. Todo ello con la intención de acelerar la decisión. Finalmente, el 1 de septiembre de 1271, los cardenales eligieron a Teobaldo Visconti, quien se convirtió en el papa Gregorio X. Se trataba de un electo impensado, un archidiácono de Lieja que no formaba parte del Colegio Cardenalicio y que, en ese momento, se encontraba en Tierra Santa como legado apostólico. Fue una solución de compromiso que apostó a un pontífice alejado de la política europea. Este evento impulsó reformas en el procedimiento de elección papal, con la promulgación de la constitución apostólica “Ubi periculum”, en 1274, por el nuevo Papa en el seno del Segundo Concilio de Lyon. Allí se institucionalizó formalmente el sistema del cónclave como lo conocemos hoy: encierro obligatorio, reducción progresiva de alimentos en caso de demora a partir del día cuarto y noveno, así como la imposibilidad de establecer contacto con el exterior. Tal normativa siguió además en sus mecanismos electorales, los procedimientos de la elección de la Constitución de la Orden de Predicadores de 1228, así como de los municipios de Venecia de 1229 y Piacenza de 1233. También las reglas de la Iglesia del Décimo Sínodo Ecuménico, de 1139 que restringió la elección a los cardenales, así como la del undécimo Concilio Ecuménico que recogió la idea del Papa Alejandro III, profesor y doctrinario del Derecho Canónico antes de resultar pontífice, de requerír una mayoría de los dos tercios de los cardenales para elegir Papa. En la primera elección en que se aplicó Ubi periculum en sólo un día se eligió papa, pero luego su aplicación fue suspendida y en las elecciones de 1277, 1280-1281, 1287-1288 y 1292-1294, se prolongaron las deliberaciones. Esto llevó al Papa Celestino V, un monje benedictino de vida ermitaña que no era cardenal al ser electo por aclamación, luego de un dos años y tres meses de sede vacante, a restablecer la regla del cónclave. Bonifacio VIII, pontífice entre 1294 y 1303, incorporó “Ubi Periculum” al derecho canónico, fecha desde la cual todas las elecciones papales se han celebrado en cónclave. Pío IV, mediante la bula “In Eligendis” de 1562, dispuso que la elección pudiera tener lugar dentro o fuera del cónclave, pero esto fue revocado por Gregorio XIII. Gregorio XV, en su bula “Aeterni Patris Filius”, de 1621, reguló el proceso con mayor detalle, manteniendo el requisito de una mayoría de dos tercios de los cardenales electores para elegir a un papa. Es de destacar que hasta 1899 era una práctica habitual incluir a unos pocos miembros laicos en el Colegio Cardenalicio. A menudo se trataba de nobles importantes o de monjes que no eran sacerdotes y, en todos los casos, se establecía como requisito el celibato. Con la muerte de Teodolfo Mertel, en 1899, se puso fin a esta práctica. Desde 1917, el Código de Derecho Canónico promulgado ese año establece explícitamente que todos los cardenales debían ser sacerdotes. En la actualidad, la Constitución Apostólica “Universi Dominici Gregis”, dada por el papa Juan Pablo II el 22 de febrero de 1996, rige la elección, en la que se indica que los cardenales electores han de residir durante todo el tiempo del cónclave en la Ciudad del Vaticano y realizar los escrutinios en la Capilla Sixtina. Vino a reemplazar la anterior, sancionada por el papa Pablo VI en el año 1975, “Romano Pontifici Eligendo”, que excluyó del derecho a participar en el cónclave a los cardenales que tuvieran 80 o más años. Algunas cuestiones del proceso fueron luego modificadas por dos motus proprius de Benedicto XVI. Como puede verse, más allá de su aspecto espiritual y religioso, estamos ante uno de las normativas electorales más antiguas y elaboradas del mundo.

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