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  • Qué establece el proyecto de creación de la Obra Social de Entre Ríos sobre la conformación del Directorio

    Parana » Entreriosya

    Fecha: 29/04/2025 14:35

    El gobernador Rogelio Frigerio anunció este lunes un proyecto para la creación de la Obra Social de Entre Ríos (OSER). Sería una “entidad de derecho público con autarquía administrativa y financiera. De esta manera, reemplazaría al Instituto Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (Iosper). Será a partir de un proyecto de ley que se debatirá en ambas Cámaras, comenzando por el Senado. “La intervención nos permitió desmalezar el instituto y frenar la corrupción. Es necesaria, pero no alcanza”, indicó el gobernador. El mandatario adelantó además que la nueva entidad propuesta tendrá “un esquema de conducción profesional, con gente idónea” y será “ágil y moderno”. “Habrá representación de los trabajadores y límites estrictos de los sueldos del Directorio. También se incluirán principios de transparencia activa”, resaltó el titular del Poder Ejecutivo provincial. De acuerdo al proyecto, la conducción de la nueva obra social estaría a cargo de un Directorio integrado por un Presidente y un Vicepresidente. Sería designados por el Poder Ejecutivo. Además contará con dos Vocales en representación de los trabajadores. Estos últimos serán designados por el Poder Ejecutivo, “uno a propuesta del gremio mayoritario de la mesa paritaria docente y el otro a propuesta del gremio mayoritario de la mesa paritaria estatal”. Decisiones y sueldos Respecto a las votaciones, la iniciativa anunciada por el gobernador sostiene que el Directorio requerirá para sesionar la presencia de, al menos, dos de sus miembros. “Cada uno de los miembros del Directorio tendrá derecho a un voto y las decisiones se tomarán por mayoría simple de los votos de los presentes. En caso de empate, el Presidente tendrá doble voto“, sostiene. Además, en relación a los sueldos, se establece que la remuneración del Presidente y Vicepresidente no podrán superar a la de un ministro provincial. La de los Vocales del Directorio y del Síndico Fiscalizador “no podrán superar la de un Secretario Ministerial del Poder Ejecutivo”. Fuente: Ahora

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