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  • ¿Se heredan las deudas?

    » El litoral Corrientes

    Fecha: 20/04/2025 13:54

    n ¿Qué pasa con las deudas cuando una persona fallece? cuando una persona fallece, no solo deja bienes y recuerdos. También puede dejar deudas, compromisos financieros y obligaciones fiscales. En ese momento, los herederos no solo deben lidiar con el duelo y la organización de la sucesión, sino también con la incertidumbre de saber qué ocurre con esos pasivos y si, al aceptar la herencia, podrían estar comprometiendo su patrimonio personal. La preocupación es habitual y legítima: ¿Se heredan las deudas? ¿Qué pasa si el fallecido tenía tarjetas de crédito, préstamos, impuestos impagos o una hipoteca? ¿Qué pasa si no hay bienes suficientes para cubrir esas obligaciones? ¿Es posible rechazar la herencia? ¿Cómo se protege a los herederos? En este artículo, como especialista en derecho sucesorio, analizo qué dice la ley argentina al respecto y por qué es fundamental anticiparse a estas situaciones con una buena planificación patrimonial. ¿Se heredan las deudas? Sí, las deudas se heredan, pero con una aclaración importante: los herederos no responden con sus bienes propios, sino solo con los bienes que integran la herencia. Esto significa que, si una persona fallece con deudas, estas deben ser pagadas con el dinero o los bienes dejados por esa persona. Si esos bienes no alcanzan, el resto de la deuda se pierde para los acreedores. Los herederos no tienen que cubrir el faltante con sus propios ingresos o propiedades. El artículo 2317 del Código Civil y Comercial de la Nación es claro en cuanto a que los herederos responden por las deudas y cargas de la herencia hasta donde alcancen los bienes que reciben. ¿Qué tipo de deudas se heredan? Las deudas más frecuentes que aparecen en las sucesiones son: *Préstamos personales y bancarios *Saldos de tarjetas de crédito *Créditos prendarios o hipotecarios *Deudas fiscales (AFIP, ARBA, API, impuestos municipales) *Expensas comunes en propiedad horizontal *Servicios impagos *Multas o sanciones económicas En general, todas las obligaciones económicas pendientes al momento del fallecimiento se mantienen vigentes, y deben ser canceladas con cargo al patrimonio del causante. ¿Qué deben hacer los herederos con esas deudas? Durante el proceso de sucesión, los acreedores tienen derecho a presentarse en el expediente judicial para reclamar lo que se les debe. También es habitual que los herederos, al tomar conocimiento de las deudas, las incluyan en el inventario de bienes y cargas para gestionarlas con los recursos disponibles de la herencia. En estos casos, antes de proceder a la partición o adjudicación de bienes, se deben liquidar todas las deudas válidas, ya que el objetivo principal de la sucesión es que los bienes del fallecido pasen a sus herederos “libres de cargas”, salvo que todos acepten lo contrario. ¿Y si las deudas son mayores que los bienes? Si el fallecido tenía más deudas que patrimonio, los herederos tienen dos opciones: Renunciar a la herencia. Es una opción válida si los pasivos superan los activos o si los herederos prefieren no involucrarse en una situación patrimonial comprometida. Aceptar la herencia a beneficio de inventario. Esta figura permite a los herederos limitar su responsabilidad exclusivamente a los bienes heredados, pero con la obligación de realizar un inventario detallado y rendir cuentas ante los acreedores. Ambas figuras protegen a los herederos y son esenciales en casos de herencias conflictivas o desequilibradas. El riesgo de actuar antes de tiempo En la práctica, muchas personas comienzan a usar bienes del fallecido —como alquilar una propiedad, vender un vehículo o cobrar un alquiler— sin haber iniciado la sucesión o sin haber resuelto las deudas pendientes. Esto puede generar responsabilidades judiciales, especialmente si perjudica a otros herederos o acreedores. Aceptar tácitamente una herencia (por ejemplo, administrando sus bienes sin haberlo declarado) puede implicar una aceptación sin beneficio de inventario, lo cual expone a los herederos a una mayor responsabilidad. ¿Se puede prever esto antes de que ocurra? Sí, y esta es la parte más importante: una planificación sucesoria adecuada puede evitar muchos de estos problemas. A través de herramientas legales como testamentos, pactos de herencia futura, contratación de seguros, cesiones, donaciones en vida con reserva de usufructo o incluso fideicomisos, es posible ordenar con anticipación el destino de los bienes, prever situaciones de endeudamiento y evitar conflictos entre herederos. Por ejemplo, si una persona sabe que tiene deudas o compromisos que podrían comprometer su patrimonio al fallecer, puede dejar previsto cómo se cubrirán, qué bienes se venderán para pagarlas, o incluso dejar indicaciones expresas para que ciertos herederos no asuman cargas innecesarias. Además, al designar un albacea o coordinador de la sucesión, se facilita la gestión inicial, se evita la parálisis del patrimonio y se reduce la posibilidad de conflicto entre familiares. Conclusión: prevenir es la mejor herencia Aceptar una herencia no siempre es una buena noticia. En algunos casos, puede implicar asumir deudas, conflictos o situaciones jurídicas complejas. Por eso, tanto quienes planifican su futuro patrimonial como quienes se encuentran frente a una herencia, deben asesorarse legalmente antes de tomar decisiones. Una sucesión planificada no solo evita peleas familiares: también protege a los herederos de compromisos innecesarios, resguarda el valor de los bienes, ordena el traspaso generacional y garantiza que el patrimonio cumpla su verdadera función: mejorar la vida de quienes lo reciben.

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