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Concordia » Entre Rios Ahora
Fecha: 18/04/2025 06:04
El huevo de la serpiente es la Ley N° 11.141, que el Poder Ejecutivo entrerriano promulgó en junio de 2024, y que modificó el texto de una norma anterior, la Ley N° 7.046 que regula los honorarios profesionales de abogados y procuradores. La norma modificó el artículo 4º de la Ley 7.046 de Aranceles de Abogados y Procuradores que quedó redactado así: «Los honorarios que se establezcan por la actividad profesional de los abogados tienen carácter alimentario. Los honorarios son embargables hasta el 20% del monto neto a percibir. En caso de que los honorarios no superen el salario mínimo, vital y móvil son inembargables. Tales límites no rigen en caso de deuda por alimentos, en los términos de los artículos 537, 658, siguientes y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación”. La ley establece que la Unidad Arancelaria “Jurista» es «equivalente al 1,5% de la sumatoria de los ítems `Asignación Básica` y `Compensación Jerárquica`, o las que en el futuro las reemplacen, que integran el sueldo básico de un Juez/a de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Provincia de Entre Ríos, y debiendo guardar siempre la misma relación a los fines de la aplicación de la presente ley. El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos deberá informar al Colegio de la Abogacía de Entre Ríos cada vez que se modifique tal asignación para establecer el valor del jurista. Una vez establecido será publicado por Colegio de la Abogacía para su aplicación. Toda regulación de honorarios deberá contener, bajo pena de nulidad, el monto expresado en moneda de curso legal y la cantidad de juristas que representan a la fecha de la resolución. El pago será definitivo y cancelatorio cuando se abone la cantidad de pesos o moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de unidades Juristas contenidas en el auto regulatorio, según su valor vigente al momento del pago. El profesional queda facultado para realizar todas las liquidaciones que sean necesarias a los efectos de que se cumpla con la finalidad que se persigue en la presente disposición”. En una serie de fallos, los jueces de los fueros Civil y del Trabajo han aplicado criterios que, a juicio del Colegio de la Abogacía, contraría el espíritu de aquella ley y en la regulación de honorarios perforan el mínimo establecido por la norma. El martes 15 jueces y vocales de Cámara de toda la Provincia empezaron a recibir notas personalizadas enviadas desde el Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, con la firma de su presidenta, María Marta Simón, en las que recordaba la vigencia de la Ley N° 10.141, “la cual regula el régimen de honorarios profesionales y establece parámetros mínimos que deben ser respetados al momento de la regulación judicial de los mismos. Esta normativa, de carácter imperativo, reconoce el carácter alimentario y la función social del ejercicio profesional, y resulta una herramienta fundamental para garantizar condiciones dignas de trabajo”. Y recordó que en el Colegio funciona un “Observatorio de Honorarios”, organismos que ha sido creado con el fin de “receptar denuncias de colegas ante situaciones de incumplimientos o regulaciones que perforan el mínimo legal establecido por la ley”. En cada nota que dirigió a magistrados, el Colegio señala que ha recibido presentaciones “que dan cuenta de decisiones judiciales que no respetan los mínimos legales” y que “generan una seria preocupación” entre los profesionales alcanzados. “Es por ello que el Colegio se encuentra analizando la adopción de medidas institucionales y legales tendientes a garantizar el estricto cumplimiento del marco normativo vigente en esta materia”, plantea. El miércoles 16 la Asociación de la Magistratura y la Función Judicial de Entre Ríos le respondió al Colegio de forma institucional, y le marcó que “más allá del disgusto personal e institucional que han causado sus cartas” le señaló a la presidencia de la institución, María Marta Simón, que esas presentaciones enviadas a jueces y camaristas “resultan de una violencia simbólica nunca antes vista en el Poder Judicial de la Provincia de parte de la institución que preside”. La respuesta de la Asociación de la Magistratura, que preside Alejandro Cánepa, señala que el accionar del Colegio constituye “lo que vulgarmente se conoce como un ´apriete´ a jueces y juezas, pero que jurídicamente se encontraría rayano a la figura de la ´coacción´ (agravada) por cuanto tiene por objetivo condicionar directamente la autonomía e independencia de aquellos /as, cuando los intimida con ´tomar medidas institucionales o legales´, si no dictan sus decisiones de la manera que Ud. –el CAER- lo propone”. De haber disconformidad con la regulación de honorarios dispuestas por los jueces, recordó la Asociación de la Magistratura, se cuenta “con los remedios procesales correspondientes –de hasta tres instancias- para cuestionar y/o impugnar cualquier decisión que los/las agravie, razón por la cual resulta verdaderamente inaceptable que ese Colegio –bajo su representación- se dirija directamente y ante el despacho personal de cada uno/a de los/las magistrados y magistradas de la Provincia para ´instarlos´ a fallar de una determinada manera, o peor, a ´cumplir la Ley´ endilgándoles –indirectamente la presunta comisión de un delito penal”. “Lo anterior no solo constituye una afrenta a la más elemental ética profesional, sino que es un claro condicionamiento inadecuado e improcedente de futuras decisiones, atentando así contra la independencia judicial y contra el ánimo, libertad y voluntad de los y las funcionarios/as públicos que deben impartir justicia en los casos traídos a su conocimiento”, dicen los magistrados. Al final, la Asociación de la Magistratura le reclamó mesura al Colegio de la Abogacía, e instó a la institución a “extremar recaudos” éticos y legales a la hora de dirigirse a funcionarios/as públicos del Poder Judicial de la Provincia, absteniéndose de indicarles el modo en que deben resolver los conflictos bajo su conocimiento”. De la Redacción de Entre Ríos Ahora
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