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  • Ordenan a un abogado capacitarse en género por expresiones machistas en una causa de violencia familiar

    Parana » Uno

    Fecha: 14/04/2025 11:21

    La Justicia entrerriana ordenó al abogado capacitarse en género por usar expresiones "cargadas de micromachismo, violencia y naturalización de desigualdades" El Superior Tribunal de Justicia (STJ) de Entre Ríos ordenó a un abogado realizar una capacitación obligatoria en género por expresiones "cargadas de micromachismo, violencia y naturalización de desigualdades", en una causa por violencia familiar en la que se defendía en causa propia. La medida fue dispuesta por la Sala Civil y Comercial del STJ en el marco del expediente “T. M. y otra c/ P. S. M. s/ Violencia Familiar” (Expte. N° 9252), y constituye un llamado de atención inusual. La vocal Gisela Schumacher, autora del voto al que adhirió el vocal Carlos Tepsich, calificó como “jurídicamente inaceptables” los conceptos volcados por el abogado en sus presentaciones. “Implica una afrenta al principio de progresividad respecto de la igualdad de género, y a mandas convencionales y constitucionales”, sostuvo. Expresiones de "micromachismo" El Tribunal entendió que las expresiones utilizadas por el abogado -quien además es el denunciado en la causa- reproducen una mirada discriminatoria sobre el rol de las mujeres y desconocen la normativa vigente en materia de género. Entre las frases citadas en el fallo se encuentran: “Como es de estilo, por la sensación propioceptiva de una mujer que se percibe agraviada, se castiga al hombre sin prueba”. “Las faltas cuando son cometidas por las mujeres son medidas con distinta vara”. “La igualdad de género es una lucha humana y no una lucha femenina… el hombre también es un ser humano”. Para el Tribunal, estos dichos no sólo reflejan “micromachismos” y naturalización de desigualdades, sino también la ausencia de nociones básicas que debe tener cualquier operador jurídico. A modo de reparación transformadora, la sentencia dispuso que el abogado curse una capacitación gratuita impartida por el Instituto de Capacitación Judicial “Dr. Juan B. Alberdi” y la acredite en el expediente antes de fin de año. De no hacerlo, se le aplicará una multa de 10 JUS en favor de la parte denunciante. Se trata de la unidad arancelaria que se utiliza para calcular honorarios profesionales en el ámbito legal, que completarían un monto total de $614.754. Ley Micaela El fallo también destacó la labor del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos como pionero en implementar la Ley Micaela en la formación profesional, y advirtió que el rol de los abogados -en especial cuando intervienen en causas de violencia de género- requiere una responsabilidad adicional para no reproducir discursos que vulneren derechos. Además, el STJ rechazó por inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley presentado por el abogado, entendiendo que las medidas cautelares impugnadas ya habían vencido y que su planteo no cumplía con los requisitos para habilitar una revisión.

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