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Parana » El Once Digital
Fecha: 01/04/2025 10:30
Rigen las facturas con IVA desglosado. A partir de este martes 1º de abril, todas las facturas emitidas por empresas que comercialicen bienes y servicios deberán especificar el monto correspondiente al pago del IVA en cada operación. Esto se debe a la entrada en vigor del Régimen de Transparencia Fiscal, dispuesto por la resolución 5.614/24 de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca). Este régimen ya estaba en funcionamiento desde enero de 2024, pero inicialmente solo aplicaba a las grandes empresas. En esa etapa, estas empresas debían desglosar en sus facturas el IVA y otros impuestos nacionales aplicados al precio final que pagan los consumidores. Además, aquellos que emitían comprobantes electrónicos a través de los sistemas de la agencia fiscal, como facturador móvil o comprobantes en línea, ya podían incluir el desglose del IVA en sus tickets. Ahora, esta obligación se amplía a todos los comercializadores de bienes y servicios. La medida entra en vigor para todos los contribuyentes, independientemente de su tamaño, de acuerdo con el cronograma establecido por la autoridad fiscal. Claridad para los consumidores El objetivo principal del régimen es que los consumidores puedan visualizar de manera clara y transparente los impuestos que inciden sobre el precio final de los productos. Según explicó Arca en un comunicado, “los comprobantes deben mostrar en un apartado donde se desglose, el Impuesto al Valor Agregado (IVA) y los impuestos internos en el campo ‘Otros impuestos nacionales indirectos’”. Detalles en la factura: lo que debe incluir Cada factura o ticket deberá detallar en un apartado específico el monto del IVA incluido en el precio final. Además, si corresponde, también se deberán discriminar otros impuestos nacionales indirectos, aunque solo aquellos impuestos internos. La leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor ley 27.743” también deberá figurar en cada comprobante. Sanciones por incumplimiento El incumplimiento de esta obligación acarreará sanciones para los comercializadores de bienes o servicios, que estarán sujetos a la clausura del establecimiento entre dos y seis días, conforme a lo establecido en la Ley de Procedimientos Fiscales, según informó Arca. Excepciones para monotributistas Sin embargo, los monotributistas quedan exentos de esta nueva obligación. Arca aclaró que estos contribuyentes seguirán facturando de la misma manera que lo venían haciendo hasta ahora, sin necesidad de discriminar el IVA en sus tickets o facturas. Impacto para los consumidores Por su parte, los consumidores no deberán realizar ninguna acción adicional. En los tickets o facturas podrán ver un apartado específico titulado “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor ley 27.743”, donde se detallará el monto del IVA y, si corresponde, de otros impuestos nacionales indirectos (solo internos). Según Arca, el objetivo del régimen es que los consumidores “conozcan el impacto de los impuestos en las operaciones y puedan contar con información para tomar sus decisiones comerciales con plena libertad”. ¿Qué pasa con los impuestos provinciales y municipales? El régimen de transparencia fiscal solo se aplica a los impuestos nacionales, por lo que los impuestos provinciales o municipales no estarán incluidos en la desagregación de los tickets. Para que esta medida se extienda a nivel provincial o municipal, las jurisdicciones deben adherir al régimen, lo cual aún no ha sucedido en ninguna de ellas. Propuesta de ampliación a las provincias La ONG Lógica, principal impulsora del proyecto, envió una carta a los 24 gobernadores para proponerles la adhesión al régimen. Algunas provincias ya respondieron afirmativamente, entre ellas la Ciudad de Buenos Aires (CABA), Chubut, Entre Ríos, Mendoza y Misiones. (Con información de La Voz)
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