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Buenos Aires » Infobae
Fecha: 27/03/2025 20:38
El juez Ercolini avanza en otro tramo de la causa Vialidad, donde se encuentran condenados, entre otros, Cristina Kirchner y Lázaro Báez En otro tramo del expediente conocido como “Vialidad”, que investigó fraudes al Estado por medio de las 51 licitaciones que el empresario Lázaro Báez obtuvo durante el kirchnerismo, el juez federal Julián Ercolini procesó a 16 personas por su presunta participación en el esquema de corrupción de esa obra pública en Santa Cruz. Se trata de la rama provincial de la investigación, que ya cuenta con la condena de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por el delito de defraudación a la Administración Pública, confirmada en noviembre pasado por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal. El empresario Báez, entre otros, también cuenta con una condena ratificada por la Sala presidida por Mariano Borinsky e integrada por los camaristas Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña. Ercolini dictó el procesamiento de José Carlos Pistán, representante de Austral Construcciones S.A., firma emblemática de Lázaro Báez, junto a otros 15 funcionarios vinculados a la Administración General de Vialidad Provincial (AGVP) de Santa Cruz. La condena a seis años de prisión contra la expresidenta fue confirmada por la Cámara Federal de Casación (REUTERS/Matias Baglietto) En efecto, los 15 funcionarios imputados por el juez Julián Ercolini en este tramo de la causa Vialidad desempeñaban distintos cargos dentro de la estructura administrativa de la AGVP santacruceña. Nueve de ellos eran directores provinciales: Guillermo Fabián Torres, Orlando Marino Taboada Ovejero, Víctor Hugo Paniagua, Carlos Alberto Mancilla, Roberto Antonio Lillo, María Lorena Lencina Albornoz, Manuel Ángel Díaz, Juan Carlos Cerrato y Juan Gelves. Cinco se desempeñaban como representantes de la Auditoría General de la Nación (AGN): Elio Enrique González, Gerardo Daniel Mansilla, Claudia Viviana Oliva, Jorge Ricardo Pasiecznik y Alba Lilia Josefa Cabrera. Además, Guillermo Horacio Cantero ocupaba el cargo de vocal técnico dentro del organismo. Sobre todos ellos, el juez expresó: “Se encuentra acreditado en autos en los términos del artículo 306 del Código Procesal Penal de la Nación que Guillermo Fabián Torres; Orlando Marino Taboada Ovejero; Jorge Ricardo Pasiecznik; Víctor Hugo Paniagua; Claudia Viviana Oliva; Gerardo Daniel Mansilla; Carlos Alberto Mancilla; Roberto Antonio Lillo; María Lorena Lencina Albornoz; Elio Enrique González; Manuel Ángel Díaz; Juan Carlos Cerrato; Guillermo Horacio Cantero; Alba Lilia Josefa Cabrera y Juan Gelves habrían omitido su deber de cuidar y administrar fielmente los fondos públicos que le fueran otorgados a la AGVP por la Dirección Nacional de Vialidad-, lo que habría perjudicado los intereses que les fueron confiados, al permitir que el conglomerado empresarial de Lázaro Antonio Báez obtuviera un lucro indebido y así generarle al Estado Nacional la obligación de pagar sumas de dinero por encima de los montos que en realidad hubieran correspondido para las obras viales que se llevaron a cabo en la provincia de Santa Cruz". El juez federal Julián Ercolini (Maximiliano Luna) Y agregó: “Ello sucedía en virtud de que en aquellos expedientes licitatorios -en los que los nombrados intervinieron- convergieron múltiples irregularidades tanto en la etapa de adjudicación (concurrencia múltiple de empresas de un mismo grupo, la designación de un mismo representante técnico para diferentes obras simultáneas, la utilización de la misma maquinaria, falta de certificado de capacidad de adjudicación, entre otras) como en su ejecución (ampliaciones de plazos y modificaciones de obra sin la debida justificación legal, entre otras), las cuales se dieron en contraposición a las funciones que estaban bajo la órbita de su respectivas responsabilidades, de acuerdo a las leyes provinciales n° 1673 y 2743, sus respectivos reglamentos y la estructura orgánica y organigrama de la AGVP". El juez precisó que existen “instrumentos de convicción” para considerar acreditada la intervención de los distintos procesados en los “hechos disvaliosos” que conforman el objeto de la pesquisa, y que se habrían ejecutado “en el marco de un entramado delictivo”. “En ese sentido -detalló Ercolini-, cabe decir que la maniobra criminal se vio conformada por distintas aristas y etapas que confluyeron hacia un único fin específico que ha sido expuesto y explicado en más de una oportunidad: hacerse ilegítimamente de los fondos que le eran otorgados a la provincia de Santa Cruz para el desarrollo de obra pública vial, a través del beneficio direccionado hacia el empresario Lázaro Antonio Báez". Para el juez, las "irregularidades" en la obra pública estuvieron al servicio del empresario constructor Báez (EFE/Carlota Ciudad) A su vez, señaló: “Ese objetivo delictivo, como se vio a lo largo de los primeros apartados, fue planificado por un grupo de funcionarios del Poder Ejecutivo Nacional, quienes fueron secundados para la ejecución de ese propósito por distintas personas de su confianza, quienes ocuparon cargos jerárquicos dentro de la administración pública nacional”. Además de puntualizar las maniobras a nivel nacional, el juez Ercolini sostuvo que los organismos locales de Santa Cruz cumplían un rol central en la implementación y articulación del esquema de corrupción investigado, al haber operado de manera coordinada con la estructura nacional. Según el magistrado, dentro de sus competencias en materia de obra pública vial, estas entidades provinciales habrían sido intencionalmente desnaturalizadas para habilitar una serie de irregularidades que permitieran el desvío de fondos del Tesoro Nacional. “Esa estructura burocrática provincial -que operaba armónicamente en espejo junto con aquella montada a nivel nacional-, se nutrió de una serie de individuos (parte de los aquí imputados), para que, desde los puestos específicos que les tocó ocupar, pusieran a disposición su rol funcional ayudando -de forma activa u omisiva-, a su ejecución, desarrollo y permanencia”, aseveró el juez. Tribunales de Comodoro Py (EFE/Juan Ignacio Roncoroni) “Al margen de lo expresado -destacó-, lo importante dentro de este segmento de análisis es dejar en claro que la actividad que les resultará penalmente reprochada a estos funcionarios santacruceños competentes en obra pública vial, es el haber actuado en contraposición a las normas que regían su actividad funcional con miras a permitir las irregularidades que tuvieron lugar a lo largo de los expedientes licitatorios de las obras viales en Santa Cruz, cuanto menos en lo que respecta a las etapas de licitación, pre adjudicación, adjudicación, ejecución y pago; e incluso la etapa de control”. En una resolución de 287 páginas, el juez Julián Ercolini repasó los aspectos más relevantes de las maniobras investigadas, entre ellos, el súbito ascenso profesional de Lázaro Báez, quien pasó de ser empleado bancario a convertirse en el principal contratista de obra pública en Santa Cruz, rubro en el que “no tenía experiencia alguna”. También destacó el “vertiginoso” crecimiento de su “conglomerado corporativo” desde que Néstor Kirchner asumiera como presidente de la Nación en 2003 y la “serie de irregularidades” que atravesó a la “totalidad de los procesos licitatorios llevados a cabo” en Santa Cruz con el fin de que Báez “fuera finalmente el adjudicatario y contratista” de las distintas obras viales. Por otra parte, el magistrado declaró la "falta de mérito" respecto de otros implicados, al considerar que no había elementos suficientes para procesarlos ni sobreseerlos de manera definitiva. Las nueve personas en esa situación son Darío Gastón Pedelaborde, Angelina María Esther Abbona, Patricia Alejandra Álvarez, Alice María Quinteros, Carlos Javier Ramos, Mario Roberto Layún, Juan Antonio Bontempo, Luis Alberto Villanueva y Juan Manuel Campillo.
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