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  • Horas antes de la protesta convocada por Agmer, Provincia hizo correcciones y emitió una nueva resolución sobre jubilación docente

    Concordia » Diario Junio

    Fecha: 27/03/2025 02:38

    La Resolución 01772 emitida hoy por la Caja de Jubilaciones Y Pensiones de Entre Ríos, que reemplaza a la 2168, sostiene en sus considerandos: “Que Esta Presidencia estima pertinente proceder a su reglamentación para los distintos casos que se ventilan; que en este sentido dicha norma reafirma el derecho al Régimen Especial Docente previsto en la Ley NO 8732; Que no será de aplicación la Resolución NO 2168/2024CJPER, a aquellos futuros beneficiarios de este Organismo que acrediten la linea docente pura (FDA-NFDA), inclusive en el caso de existir servicios simultáneos docentes en el periodo liquidatarios Que, para el caso que existan simultaneidad de otros regímenes no docentes, será de aplicación la norma en cuestión; Que, la presente se dicta conforme las facultades conferidas por la Ley NO 8732” Por ello, el presidente de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, resuelve: ARTÍCULO 1 0 : Disponer la Reglamentación de la Resolución NO 2.168/2.024 CJPER, conforme los considerandos de la presente.- ARTÍCULO 20 : Registrar. Notificar a las Áreas involucradas de este Organismo y a los gremios docentes de la provincia de Entre Ríos. En ese sentido, desde Agmer recordaron que en oportunidad de concurrir a la Caja de Jubilaciones, «expresamos al Presidente del organismo nuestro posicionamiento histórico plasmado en el rechazo rotundo a todo mecanismo que afecte las condiciones para acceder a la jubilación así como el cálculo del haber previsional; en la defensa de la Ley 8732 y nuestro régimen jubilatorio». A su vez, «demandamos en tal oportunidad que para despejar toda duda, confusión o indebida interpretación de la Res. 2168/24 ante casos que se habían presentado, resultaba necesario una norma que aporte claridad y tranquilidad a activos/as para su futura jubilación. En tal sentido la Resolución 1772 reafirma en sus considerando “el derecho al Régimen Especial Docente previsto en la Ley 8732”. Del mismo modo se establece que no será de aplicación la Resolución 2168/24 de la CJPER a los casos docentes “inclusive en el caso de existir servicios simultáneos docentes en el período liquidatario”. Finalmente, advierte Agmer, «Nuestro sindicato estará atento al cumplimiento de la nueva Resolución, en la defensa de nuestros derechos previsionales».

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