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» Sin Mordaza
Fecha: 25/03/2025 22:14
En una reciente causa de abuso sexual, dos mujeres denunciaron haber sido víctimas de abuso sexual con acceso carnal en tres oportunidades, una, y otra de abuso sexual simple en dos oportunidades por su superior en la División Tránsito del Municipio Local. Sin embargo, tras la sentencia en Primera Instancia, la jueza Norma Senn absolvió al imputado por los delitos de abuso sexual con acceso carnal en tres hechos y solo lo condenó por uno de los hechos de abuso sexual simple. La Fiscalía había solicitado 10 años de prisión, pero la pena impuesta fue de solo 1,6 años. Lo grave, más allá de la leve condena, fue que la absolución se debió a insuficiencia probatoria, es decir, que la Fiscalía no presentó pruebas suficientes para acreditar la autoría del hecho. Fallas de la Fiscalía La fiscal Georgina Díaz no solo no pudo probar el abuso sexual con acceso carnal que llevó a juicio, sino que cuando apeló la condena por abuso sexual simple, la jueza no concedió el recurso de apelación al no reunir los requisitos procesales. La Fiscalía tampoco objetó esta decisión. En Primera Instancia, la Fiscalía no ofreció pruebas suficientes sobre los hechos de acceso carnal y además planteó mal el recurso de apelación, lo que generó un perjuicio severo a la causa y a las víctimas. Una vez apelado el fallo por la defensa, la Cámara Penal confirmó la absolución por las acusaciones más graves, también por insuficiencia probatoria. Incongruencias Un dato no menor es que la fiscal Díaz hizo participar a las denunciantes de las Cámaras Gesell, donde expusieron sobre sus abusos. Sin embargo, más tarde desistió de utilizarlas como prueba y en su lugar propuso a las víctimas como testigos en el juicio, exponiéndolas a una revictimización. Dado que la Fiscalía propuso que las víctimas declararan en juicio, no se pudo utilizar como prueba la Cámara Gesell, que se consideraba contundente. Audiencia y sentencia La sentencia de Primera Instancia, dictada el 19 de noviembre de 2024 por el Tribunal Unipersonal de Primera Instancia de la Circunscripción Judicial N° 4, integrado por la jueza Norma Noemí Senn en la localidad de Reconquista, resolvió: "1. Absolver por insuficiencia probatoria...". Sobre el recurso de apelación mal planteado, la jueza sostuvo: "Al recurso de Apelación de Sentencia de la Fiscalía en relación con el segundo hecho por el que fuera acusado REQ y que tiene como víctima a J.A.R. No dar lugar por no reunir los requisitos del artículo 398 -segundo párrafo- del CPPSF, en tanto no se ha cuestionado la decisión judicial de condena y no se ha indicado cuál es la aplicación que se pretende en relación al particular". Otro hecho llamativo ocurrió en la audiencia de tratamiento de la apelación, cuando la fiscal Díaz sostuvo en referencia a una de las damnificadas: "Quizás no fue la declaración como una víctima ideal... quizás no fue la declaración perfecta y completa. Tengamos en cuenta que fue al EMPA". Por su parte, la sentencia de la Cámara resolvió: "Rechazar el recurso de apelación incoado por el Ministerio Público de la Acusación. Aceptar parcialmente el recurso de apelación incoado por la Defensa Técnica". El fallo de la Cámara hizo lugar a la apelación de la defensa en cuanto a las costas, imponiendo solo el 25% de ellas al imputado. Con todas estas secuencias se configuró una nueva derrota del Ministerio Público de la Acusación.
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