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  • Juicio por venta de drogas en la trágica fiesta de Arroyo Seco con ex intendente en el banquillo: llega la etapa de pruebas

    » El Ciudadano

    Fecha: 23/03/2025 05:02

    El Tribunal Oral Federal N°3 de Rosario dio inicio este martes al juicio oral y público a los empresarios Alan David Van Brook, Gino Piazzese Scaglia y Germán Pablo Dalinger, acusados por el facilitamiento del complejo Punta Stage de la ciudad de Arroyo Seco como espacio para la venta y consumo de droga durante la fiesta electrónica “Sasha New Year Even Party”, realizada el 31 de diciembre de 2016, donde murieron los jóvenes Giuliana Maldovan y Lucas Liveratore a causa de la ingesta de estupefacientes. El caso también tiene acusado al exintendente de esa ciudad santafesina, Nizar Esper, por incumplimiento de los deberes de funcionario público, dado que se le imputa haber permitido la realización y prosecución del evento, incluso en violación a un decreto de su firma que poco antes de los hechos había prohibido la realización de fiestas electrónicas. En la jornada inicial del debate, tanto la fiscalía como las defensas no realizaron planteos preliminares. Dalinger, gerente de la firma Yameli SRL, que explotaba comercialmente el complejo, fue el único de los imputados que aceptó prestar declaración e intentó desligarse de los hechos. Van Brook y Piazzese Scaglia, responsables de la productora “Live Art Producciones”, que organizó la fiesta, se abstuvieron de declarar y se remitieron a sus declaraciones indagatorias en la fase de instrucción, al igual que el exintendente Esper, quien no obstante solicitó al tribunal -integrado por los jueces jueces Osvaldo Facciano (presidente), Eugenio Martínez Ferrero y Eduardo Rodríguez Da Cruz- que autorizara la lectura en voz alta de aquella pieza. Entre algunas de esas consideraciones, el ex funcionario había dicho que “no autorizó la fiesta ni habló con los organizadores”. Los tres empresarios -que transitan el proceso en libertad, al igual que el exintendente- están acusados por el facilitamiento de un espacio para la venta y consumo de droga, que la fiscalía describió en la acusación como “estimulantes de tipo anfetamino y otras drogas sintéticas”. El próximo miércoles 26 se abre la etapa de pruebas solicitada por el Ministerio Público Fiscal, que para este proceso está integrado por el fiscal general Federico Reynares Solari, a cargo de Litigio Oral Estratégico en el Área de Investigación y Litigios de Casos Complejos de la Unidad Fiscal Rosario, y la auxiliar fiscal María José Sauan. Esa etapa comenzará con la declaración de testigos de identidad reservada. Las audiencias proseguirán luego el 9, 16, 23 y 30 de abril; y el 14 de mayo, a partir de las 9.30. La acusación por incumplimiento de los deberes de funcionario público contra el exintendente tiene relación con la violación de diferentes normas que establecen el control de este tipo de eventos, incluso el decreto 198/2016 dictado por el propio acusado, que había prohibido las fiestas electrónicas en la ciudad. “Una habilitación especial” En su declaración ante el tribunal, Dalinger recordó que hizo distintas gestiones ante la Municipalidad para interiorizarse de los alcances de la existencia de un decreto que, por “rumores”, se había enterado que suspendía la realización de fiestas electrónicas en Arroyo Seco. Y que tras una serie de diligencias obtuvo una “habilitación especial” para que puedan ingresar 3.200 personas a la fiesta electrónica. La defensa del imputado duró algo más de 40 minutos, en las que describió su vida familiar y laboral desde que comenzó a desarrollarse profesionalmente en los rubros gastronómico y de esparcimiento nocturno hasta 2009, cuando -explicó- formalizó un contrato de explotación con los dueños del predio Punta Stage, donde montó un negocio para producir espectáculos y eventos musicales. El empresario relató las características de su vinculación desde 2015 con Live Art Producciones y los detalles de la sociedad con Van Broock y Piazzese Scaglia para la realización de montajes de shows, fiestas electrónicas y contratación de distintos artistas. También aclaró que, luego de un tiempo y por razones personales, sub alquiló el espacio y que se desvinculó de la productora por tener “diferencias” con sus socios, quienes le debían dinero. Añadió que “al momento de los hechos estaba de vacaciones con su familia en Florianópolis”. El debate y la acusación El debate había abierto previamente con la lectura de una síntesis de los términos de la acusación sobre hechos, encuadre y calificación vertidos por la fiscalía en la requisitoria de elevación a juicio. En ese contexto se informó que un quinto imputado, Esteban Gómez —encargado operativo del complejo—, realiza tratativas para resolver su situación procesal en un trámite de juicio abreviado, cuyo tratamiento por parte del tribunal se realizará con posterioridad al juicio oral. Gómez está acusado en grado de partícipe secundario del facilitamiento del local para la comercialización y el uso de sustancias estupefacientes. Durante la pesquisa, la fiscalía recogió numerosos testimonios que refieren al consumo y a la venta de sustancias estupefacientes de modo extendido durante la fiesta, sin ningún control y de manera apreciable por los presentes, y destaca que en dos allanamientos se secuestró material estupefaciente en el predio. De acuerdo con el requerimiento de elevación a juicio, la empresa productora y organizadora del evento fue Live Art, integrada por Van Broock y Piazzese Scaglia, que funcionaba en la ciudad de Rosario y cuyo objeto estaba destinado a la organización de actividades vinculadas a la música electrónica desde 2015. “Live Art alquiló el predio Punta Stage para la realización de la fiesta a la empresa Yameli SRL”, propiedad de Dalinger, quien actuaba como representante de la firma y que “asumió un papel preponderante, tanto en la relación comercial como en la organización del evento”, indica la pieza acusatoria. En relación a Esper, quien fue intendente de Arroyo Seco entre 2015 y 2023, la acusación fiscal le imputa el incumplimiento de sus deberes de funcionario público por haber permitido la realización y prosecución de la fiesta electrónica “en violación de la legislación municipal y provincial vigente que regulaba las habilitaciones, el funcionamiento y los recaudos que debían observarse en la realización de este tipo de actividades”. En efecto, en virtud de los elementos probatorios la fiscalía puso de relieve el deber de control que la comuna debía ejercer respecto a la realización de eventos de esa magnitud, de acuerdo con las propias normas de alcance municipal (sobre control y admisión en espectáculos púbicos, instrumentación del control, regulación del factor ocupacional, funcionamiento de confiterías bailables y discotecas, y políticas de prevención en lugares públicos o de concurrencia masiva temporal o permanente), incluido el decreto 198/2016 dictado por Esper, que prohibió las fiestas electrónicas en la ciudad. La fiesta electrónica La acusación fiscal sostiene que, con el avance de la investigación, “se logró determinar la existencia de diferentes irregularidades producidas durante el desarrollo del evento, relativas a la organización, autorizaciones municipales y la observancia de la comisión de presuntos hechos relacionados con la Ley 23.737”, que reprime el narcotráfico. Agrega que se recabaron numerosos testimonios que refieren al consumo y a la venta de sustancias estupefacientes de modo extendido durante la fiesta, sin ningún control y de manera apreciable por los presentes, y destaca que en dos allanamientos se secuestró material estupefaciente en el predio. Según la fiscalía, los testimonios resaltaron diferentes problemas relacionados a controles de ingreso permeables, con revisiones parciales, imposibilidad de comprar agua mineral en las barras, existencia de un único puesto de hidratación en todo el predio, falta de ventiladores, excesiva cantidad de gente, un sólo centro sanitario, personal de seguridad escaso y falta de agua en el interior de los baños.

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