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» Comercio y Justicia
Fecha: 08/03/2025 05:01
La Sala H de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil ratificó el fallo que desestimó la demanda contra Arte Gráfico Editorial Argentino S.A. y Editorial Aconcagua Argentina S.A., presentada por un hombre que fue erróneamente vinculado a un hecho delictivo en notas publicadas por Clarín y Crónica en 2021. El demandante reclamaba una indemnización por daños y perjuicios, alegando que la difusión de su nombre y apellido en relación con un delito ocurrido en San Antonio de Padua afectó su honor y reputación. La confusión se originó porque la persona detenida por la policía proporcionó datos identificatorios falsos. Las empresas periodísticas argumentaron que se limitaron a reproducir información proveniente de fuentes oficiales y que su labor se enmarcó dentro del derecho a la libertad de expresión. En primera instancia, la Justicia rechazó el reclamo al considerar que los medios actuaron conforme a su deber informativo. Al analizar el caso, los camaristas José Benito Fajre, Liliana Abreut de Begher y Claudio M. Kiper coincidieron con el fallo inicial y destacaron que “no existe responsabilidad del medio cuando la información proviene de una fuente autorizada, lo que reduce al mínimo su deber de verificación”. Asimismo, señalaron que las publicaciones respetaron el estándar fijado por la doctrina “Campillay” de la Corte Suprema, al dejar en claro que la información se basaba en datos policiales y judiciales, lo que exime de responsabilidad a los medios de comunicación.
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