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Basavilbaso » Riel FM
Fecha: 26/02/2025 10:56
El magistrado dispuso "como medida cautelar interina la suspensión de los efectos del DNU 116/25 y ordenar al Estado Nacional y al Banco de la Nación Argentina que se abstengan de toda acción tendiente a su implementación". A su vez, Ramos Padilla "requirió a las autoridades públicas demandadas que, dentro del plazo de cinco días, produzcan un informe que dé cuenta del interés público comprometido por la solicitud de medida cautelar efectuada por la actora en fecha 20/2/2025". El magistrado sostuvo que “el Decreto 116/2025 no declara al Banco sujeto a privatización, sino que modifica su estructura jurídica convirtiéndolo en Sociedad Anónima, también lo es que dicha conversión puede implicar un paso previo a su posible privatización, en tanto permite prima facie el ingreso de capitales privados; circunstancia que si bien deberá ser analizada en el contexto adecuado, escuchando previamente a las partes y respetando los principios del debido proceso y defensa en juicio; imponen ahora el dictado de la medida cautelar". La intervención del juez federal se dio en el marco de una causa impulsada por la Asociación Bancaria, el gremio que encabeza Sergio Palazzo, el pasado 11 de junio, donde se solicitaba la declaración de "la nulidad e inconstitucionalidad de la Resolución Privativa del Directorio del BNA Nº 348 así como de todo acto que tenga por objeto avanzar con la privatización” del Banco Nación. En los considerandos, Ramos Padilla trajo a colación la resolución dictada el 25 de septiembre de 2024 donde se declaró que el DNU 70/23 y la resolución 348 del Directorio del Banco Nación "no autorizan a modificar la situación jurídica de la entidad bancaria, que solo puede llevarse adelante mediante una ley formal dictada por el Congreso de la Nación y promulgada por el Poder Ejecutivo Nacional".
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