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  • Cuando termine la moratoria, quienes se jubilen sin aportes cobrarían el 80% de la mínima – MisionesOpina

    » Misionesopina

    Fecha: 25/02/2025 06:34

    En menos de un mes finaliza la moratoria para jubilarse con el descuento de una cuota a personas que llegaron a la edad de retiro sin cumplir con los 30 años de aportes. Quienes se jubilen después de esa fecha solo cobrarán el 80% de la jubilación mínima y no en todos los casos, sino cuando superen un control socioeconómico. La gravedad de esta situación queda a la vista si se tiene en cuenta que el 75% de quienes se jubilaron en 2024 lo hicieron por el plan de pagos que pierde vigencia. La moratoria jubilatoria de la Ley 27.705 vence el 23 de marzo próximo, pero solo para aquellas personas que ya cuentan con la edad jubilatoria. Así, quienes están trabajando y ya saben que no llegarán a ese momento con el total de los aportes, todavía podrán seguir cancelando cuotas de aportes por adelantado, aseguran Martín Guala y Rodrigo Solá Torino, del estudio Marval, O’Farrell & Mairal. Sin embargo, la abogada previsionalista Marcela Fernández Cerone considera que hay preocupación en quienes han logrado el pago de unidades de cancelación de aportes previsionales no teniendo la edad, que deciden “comprar” aportes para cuando llegue su edad jubilatoria. Nada ha comunicado la ANSES para que quienes están en esa situación puedan lograr una cierta tranquilidad y organización financiera en torno al pago de sus unidades de cancelación. Cuánto cobrarán quienes se jubilen con la PUAM La Prestación Única para el Adulto Mayor (PUAM) es una prestación sujeta a una evaluación socioeconómica que equivale al 80% del haber mínimo del régimen contributivo de la ANSES y no requiere años de aportes, indican Guala y Solá Torino, y precisan: Pueden acceder las personas mayores de 65 años o más que no cuentan con ninguna jubilación o pensión de un organismo nacional o de cajas o institutos provinciales o municipales, ni seguro de desempleo. Sin embargo, no todos podrán acceder a este beneficio que ya es limitado, si no que se deberá pasar por un filtro socioeconómico. En caso de que una persona se encuentre cobrando una jubilación o pensión, deberá renunciar a la misma para iniciar el trámite de la Pensión Universal para el Adulto Mayor. La PUAM de marzo es de $294.297, con bono de $70.000 incluido. En el sistema contributivo, el haber mínimo más el refuerzo es de $349.094 bruto, pero quienes se jubilaron por moratoria cobran menos, porque durante los primeros años de la prestación se descuenta una cuota. Qué planes y moratorias siguen vigentes Ante la imposibilidad de alcanzar el requisito de los 30 años de aportes, existen las siguientes opciones, resumen Guala y Solá Torino: Reconocimiento de Aportes por Tareas de Cuidado Es para mujeres en edad de jubilarse (60 años o más) con hijos y que no cuenten con los años de aportes necesarios pueden acceder al reconocimiento de años de aportes por cada hijo para llegar a los 30 años de aportes requeridos. La compensación consiste en computar un año de aportes por cada hijo biológico que haya nacido con vida. Se computan dos años por cada hijo en caso de tratarse de un hijo adoptivo. A su vez, en ambos casos existe el adicional de un año si el hijo biológico o adoptado tiene una discapacidad, y otro adicional de dos años si la madre percibió la AUH (Asignación Universal por Hijo) por un lapso de 12 meses, sin importar que hayan sido continuos o interrumpidos. Excedente de edad jubilatoria Para las personas que, al momento de tramitar el beneficio, no cuentan con los 30 años de aportes, pero exceden la edad de 60 (las mujeres) y 65 (los hombres), se computará un año de aportes por cada dos años de excedente. Moratoria Previsional de la Ley 24.476 Esta moratoria es muy limitada, ya que solo permite regularizar los períodos comprendidos entre el 01/01/1955 y el 30/09/1993. Pueden declararse aportes impagos solo por períodos en que se haya tenido al menos 18 años de edad. Trabajadores en actividad Esta moratoria aplica también a aquellos trabajadores que aún se encuentran en actividad, pero que saben que al momento de cumplir la edad jubilatoria no van a poder reunir los 30 años de aportes necesarios para jubilarse. Lo importante es que, en este caso, puede solicitarse solamente durante los 10 años previos a alcanzar la edad jubilatoria (es decir, 55 años los hombres y 50 años las mujeres) y permite la “compra” de aportes faltantes que hubieran correspondido hasta el año 2013 a través de la compra de UCAP. Continuaría vigente después del 23 de marzo de 2025, atento que no se encuentra sujeta al vencimiento de la moratoria para quienes ya cuentan con edad jubilatoria. Fuente: iProfesional

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