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» La Capital
Fecha: 23/02/2025 07:14
Es obstetra y recibió un pena de cinco años. Atendió dos pacientes, una de ellas murió y otra terminó con graves heridas El 4 de mayo de 2015, hace casi diez años y en una casa de Soldini, la obstetra María Giménez atendió a una mujer a punto de parir. Al parecer el parto venía complicado y la médica optó por subir a quien estaba por dar a luz a su propio auto y llevarla hasta el hospital Roque Sáenz Peña , pero la mujer llegó sin signos vitales y falleció. En un juicio llevado a cabo este viernes en el Centro de Justicia Penal, los jueces Paula Álvarez, Florentino Malaponte y Carlos Leiva condenaron a Giménez, de 69 años, a 5 años de prisión efectiva por homicidio culposo y lesiones culposas en concurso real en calidad de autora. Además, la penaron con 10 años de inhabilitación especial. La Fiscalía, llevada adelante por Mariana Prunotto y Matías Edery, habían solicitando la pena de 7 años de prisión de cumplimiento efectivo y 10 años de inhabilitación especial para ejercer como profesional. Le atribuyeron haber causado el fallecimiento a la mujer de Soldini por su conducta "imprudente, negligente, imperita en su arte y profesión, como así también inobservancia de los reglamentos y de los deberes a su cargo“. En la investigación se constató que, como médica, Giménez le indicó a la mujer que podía tener un parto en domicilio sin riesgos mayores para su vida o la de su feto. Y que en lo sucesivo y sin intervención alguna de institución hospitalaria, por ende sin ningún estudio de rutina, la siguió atendiendo durante el embarazo. >> Leer más: Mala praxis: un estudio de rutina dejó incapacitada a una mujer por el resto de su vida El 4 de mayo de ese 2015 y en horas de la tarde, preparó a la víctima para practicarle un parto en domicilio. Aproximadamente a las 16.30, con la mujer ya en trabajo de parto, notó que las cosas no estaban bien. La subió a su auto y la trasladó por sus propios medios y sin asistencia de ambulancias al hospital Roque Sáenz Peña. El hospital no estaba al tanto de la atención médica de la mujer ni del parto domiciliario. Al arribar al nosocomio, los médicos recibieron a la víctima sin signos vitales. Se le practicó una cesárea de urgencia, le diagnosticaron lesiones en el útero y feto fallecido. Otra víctima Por otro lado, también se le atribuyó provocar lesiones gravísimas a otra víctima, quien fue atendida por la acusada en marzo de 2017 en un domicilio de Rosario a quien le indicó que podía tener un parto en domicilio sin riesgos mayores para su vida o la de su feto. El 7 de marzo de 2017, a las 6.30, comenzó con el trabajo de parto. Aproximadamente a las 12.30 notó que la paciente no respondía al tratamiento y decidió trasladarla por sus propios medios al hospital Eva Perón. Al arribar al hospital, a las 13.05, los médicos recibieron a la víctima donde se le practicó cesárea de urgencia, en el proceso quirúrgico se identificó que el feto había fallecido y también se constataron lesiones en el útero. >> Leer más: Primer juicio oral y público por mala praxis médica en Rosario La Fiscalía le recriminó no informar los riesgos reales de dicha práctica a la paciente, asumir todos lo riesgos que implica dicha práctica sin estar en una institución destinada a tal fin, asumir el riesgo de no contratar un servicio de traslado pre-hospitalario para el caso de urgencia y el riesgo de no dar el aviso previo correspondiente a una institución sanitaria continente.
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