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  • Báez cumple dos meses en la cárcel y espera señal del STJ – Entre Ríos Ahora

    Concordia » Entre Rios Ahora

    Fecha: 23/01/2025 02:53

    El viernes 22 de noviembre de 2024, y con voto dividido, el Tribunal de Juicios y Apelaciones de Paraná dispuso la prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná del exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, condenado a 6 años y 6 meses de prisión en 2022 en el marco del megajuicio. Báez -al igual que lo estuvieron el exgobernador Sergio Urribarri y su cuñado Juan Pablo Aguilera, quienes recuperaron la libertad el 8 de enero- permanece encarcelado hasta que el fallo condenatorio quede firme. Aquella vez, la jueza María Carolina Castagno reafirmó lo que había votado en septiembre y negó el pedido fiscal de aplicar prisión preventiva al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez. Dijo que Fiscalía no justificó que esa medida sea «necesaria, indispensable, proporcional y menos razonable». Y cuestionó que le pedido de prisión preventiva en la Unidad Penal se haya hecho «hasta que la sentencia quede firme, extensión que no se puede cuantificar en el tiempo». La jueza afirmó que si hubiera intento de fuga existen «medidas alternativas» a la restricción de la libertad, y se inclinó por la domiciliaria para el exfuncionario, condenado en el megajuicio a 6 años y 6 meses de prisión. «Hay un amplio abanico de opciones antes de llegar a la prisión preventiva», y reiteró su posición expuesta en la audiencia de septiembre, cuando el tribunal que integró rechazó el pedido fiscal de aplicar prisión preventiva. «No advierto que haya cambiado nada respecto de aquella situación», alegó. Insistió en aplicar medidas «menos gravosas» que la prisión preventiva hasta que la condena quede firme. En forma contraria, el vocal Julián Carlos Vergara atendió el fallo de Casación del martes 19 y coligió que a Báez le caben las mismas condiciones que al exgobernador Sergio Urribarri y que a su cuñado, Juan Pablo Aguilera. También el juez Elvio Osir Garzón se inclinó por aplicarle prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná a Báez. «Se verifica en el presente caso el peligro de fuga», enunció el magistrado, al igual que en los casos de Urribarri y de Aguilera. «La prisión domiciliaria no resulta suficiente y la única medida para frustrar ese cometido es la prisión preventiva en la Unidad Penal. Así se reduce a nada la idea de fuga», agregó. El Ministerio Público Fiscal había formalizado el martes 19 la petición para que se le aplique también prisión preventiva en la Unidad Penal de Paraná al exministro de Cultura y Comunicación, Pedro Ángel Báez, condenado en 2022 en el marco del megajuicio a 6 años y 6 meses de prisión. De ese modo, quiere que corra la misma suerte que los otros dos condenados, el exgobernador Sergio Urribarri, y su cuñado Juan Pablo Aguilera, ya alojados en la cárcel de la capital provincial. La petición de los fiscales Ignacio Aramberry, Patricia Yedro, Gonzalo Badano y Juan Francisco Ramírez Montrull se formalizó ante el Tribunal de Juicios y Apelaciones conformado por María Carolina Castagno, Julián Carlos Vergara y Elvio Osir Garzón, y con la presencia de los defensores de Báez, Ignacio Díaz y José Velázquez. Báez apeló aquel pronunciamiento, pero el 13 de diciembre de 2024 la Cámara de Casación Penal -conformada por las juezas Marcela Davite, Marcela Badano y María Evangelina Bruzzo- confirmó el fallo del Tribunal de Juicios y Apelaciones y rechazó el planteo del exministro de Cultura y Comunicación. Al confirmar la resolución de primera instancia -firmada por los jueces Julián Vergara y Elvio Garzón, y la disidencia de Carolina Castagno- la Casación concluyó que «los votos que conforman la mayoría de la resolución impugnada confluyen de manera armónica en sus argumentos, y que allí se analizó la razonabilidad y proporcionalidad de la medida cautelar y se valoraron las constancias que determinaron la existencia de riesgos procesales. Por eso, puede afirmarse que la resolución que dispuso la prisión preventiva de Báez fue producto de una derivación razonada del derecho vigente, con aplicación a las circunstancias comprobadas de la incidencia, sin que se advierta ninguna arbitrariedad toda vez que lo resuelto se encuentra debidamente motivado y cuenta, además, con los fundamentos jurídicos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto judicial válido». Los defensores fueron con una impugnación extraordinaria y pidieron revisión a la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ). Pero en medio del tratamiento del planteo sobrevino la feria. Báez pidió y consiguió que Leonardo Portela, a cargo del máximo tribunal en feria, dispusiera el tratamiento expeditivo del reclamo. Pero un primero tribunal -conformado por Leonardo Portela, Miguel Giorgio y Juan Carlos Coglionese- no pudo expedirse. Se sorteó un segundo tribunal, conformado por Giorgio, Gisela Schumacher y Gladys Pinto. Entonces, Fiscalía recusó a la jueza Schumacher y esta aceptó su inhibición. Ahora, resta que un tribunal conformado por los jueces Carlos Tepsich, Gabriela López Arango y Cecilia Bértora se expida sobre el planteo sobre Schumacher. Después, sí, quedará el tratamiento de la impugnación extraordinaria de Báez y se decidirá su suerte. Desde este martes 21, la votación está puesta a despacho. El primero en orden de votación es el vocal Tepsich; le sigue la camarista López Arango; y al final la jueza de Ejecución de Penas, Cecilia Bértora. De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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