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» Infosastre
Fecha: 18/11/2024 18:33
Ya rige la propina electrónica en todo el país: ¿cómo funciona? El pago se hace pidiendo que se lo incluya en la factura final y se puede efectuar a través de tarjetas de débito, crédito y billeteras virtuales. Está disponible para los servicios de gastronomía, hotelería, expendio de combustibles y delivery. Los detalles. Ya rige la propina electrónica en todo el país: ¿cómo funciona? Deste este jueves 14 de noviembre comenzó a regir la propina electrónica, la cuál está disponible para los servicios de gastronomía, hotelería, expendio de combustibles y delivery. Así lo anunció el subsecretario de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial, Fernando Blanco Muiño. Según dijo, se trata de una medida que el gobierno nacional ya había adelantado, pero que todavía no se había puesto en práctica. La norma está habilitada en todo el país a partir de la entrada en vigor del decreto 731/2024 que habilitó el pago de "tip" en forma virtual. El pago se hace pidiendo que se lo incluya en la factura final y se puede efectuar através de tarjetas de débito, crédito y billeteras virtuales. Según el decreto, los comercios tienen la obligación de ofrecer esta opción a los consumidores, quienes podrán decidir el monto de la propina cómo abonarla, ya sea sumada al ticket final o entregada directamente al empleado. El dinero de la propina podrá ir directamente a una cuenta del trabajador involucrado o acreditarse en una cuenta recaudadora del comercio, separada de la habitual, en tal caso debiendo pagársele al trabajador en 24 hs, de manera digital o en efectivo. Esto no generará en los comerciantes ninguna obligación impositiva, dado que las propinas ya no podrán ser consideradas parte de la remuneración de los trabajadores, como lo consideraba hasta ahora la ley de contrato de trabajo. Por esta razón, hasta la actualidad el pago electrónico elevaba también los costos para el empleador y se sumaba a la carga de retenciones impositivas. El procesamiento electrónico de las propinas no podrá tener retenciones tributarias. A los fines impositivos se considerará una gratificación de libre disponibilidad para el trabajador. Fuente: Rosario3
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