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Usuhahia » Diario Prensa
Fecha: 11/11/2024 00:28
Johan Dardo de la Barra fue inmediatamente detenido luego de leída la sentencia en un juicio que comenzó el jueves 7 y culminó el viernes 8 de noviembre. El Tribunal también lo inhabilitó para conducir por 10 años tras un juicio por homicidio culposo agravado y lesiones a otras tres personas, y mantuvo el embargo de sus bienes por 10 millones de pesos. En un juicio express que comenzó el jueves 7 de noviembre y culminó 24 horas después con una sentencia condenatoria, el Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur condenó al médico oriundo de Bolivia, Johan Dardo de la Barra, a 5 años de prisión y 10 años de inhabilitación para conducir vehículos, tras encontrarlo responsable del trágico accidente ocurrido el 24 de diciembre de 2023 en Playa Larga, en Ushuaia. De la Barra, quien se encontraba de vacaciones en la ciudad para pasar las fiestas de fin de año con amigos, fue hallado culpable de causar la muerte de Analía Jazmín Cárdenas Alvarado, de 26 años, y de provocar lesiones a tres personas más: Cristina Molina, de 28 años; Maira Valiente, de 21 años; y Guido Alejandro Torres Azurduy, de 28 años, este último hijo del propietario del vehículo, el médico urólogo Reynaldo Torres Mendoza. El conductor condenado, de 31 años y residente en Buenos Aires, conducía en estado de ebriedad y a alta velocidad, cuando perdió el control del vehículo y colisionó con una elevación rocosa. En la audiencia, el fiscal del caso, Daniel Curtale, solicitó una pena de 5 años y 4 meses de prisión y 9 años de inhabilitación para conducir, mientras que la querella pidió 6 años de prisión y 10 años de inhabilitación. El Tribunal, presidido por el juez Maximiliano García Arpón, consideró que los agravantes de la alcoholemia positiva del acusado de 3,03% g/l y su conducción a 128 km/h, sumados al hecho de que manejaba de manera temeraria, hicieron que la pena fuera ajustada a la gravedad del caso. Cabe recordarse que el siniestro vial ocurrió a las 8 de la mañana del 24 de diciembre, cuando De la Barra manejaba una SUV Toyota Corolla Cross, con matrícula AF 793 TI, por el camino de tierra que bordea las aguas del Canal Beagle en el sector conocido como Playa Larga. Testigos indicaron que el conductor iba a alta velocidad y de manera errática, lo que provocó la pérdida del control del vehículo y el posterior impacto contra un muro rocoso. Como resultado del choque, Analía Cárdenas Alvarado, quien viajaba en el asiento delantero, falleció en el acto. En los asientos traseros viajaban otras tres personas que resultaron heridas, pero sin consecuencias fatales. A su llegada, la Policía y bomberos encontraron al conductor en el lugar, quien, al percatarse de la presencia de los servidores públicos, intentó huir corriendo hacia un área boscosa. Finalmente fue detenido poco después y trasladado al hospital, donde se le realizó un análisis de sangre que reveló una alta concentración de alcohol en sangre. La fiscal del caso en los albores de la sustanciación del expediente, la abogada María Martiré, explicó a la prensa que el médico había manejado con “imprudencia, negligencia y antirreglamentariamente”. Además, destacó que, tras el accidente, De la Barra intentó huir del lugar, lo que sumó un agravante más a su situación procesal. La investigación reveló detalles adicionales que causaron conmoción: se descubrió que poco antes del siniestro, Guido Alejandro Torres Azurduy, hijo del propietario del vehículo, había estado al volante pero por causas que no trascendieron se lo cedió a De la Barra, sentándose él en el asiento posterior junto a las dos mujeres, Molina y Valiente. Surgió durante la investigación también que los ocupantes del vehículo, tanto los hombres como las mujeres, se conocieron esa misma noche a la salida de un boliche local, en donde después de charlar y compartir un cigarrillo, De la Barra y Torres Azurduy les ofrecieron a las tres chicas llevarlas a sus casas, produciéndose poco más tarde la tragedia. Además de la condena de 5 años de prisión, el Tribunal resolvió la inhabilitación del encartado para conducir vehículos por el término de 10 años y mantuvo el embargo fijado sobre sus bienes por 10 millones de pesos. Asimismo, el proceso judicial incluyó un dispositivo de contención para las víctimas con apoyo psicológico, dada la naturaleza traumática de los hechos y el impacto en las familias de las personas involucradas. El Tribunal de Juicio estuvo integrado por los jueces Maximiliano García Arpón, Alejandro Pagano Zavalía y Rodolfo Bembihy Videla, mientras que el Ministerio Público Fiscal lo representó el abogado Daniel Curtale y la defensa la ejercieron los letrados Jorge Pintos y Nicolás Graffigna.
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