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» Rafaela Noticias
Fecha: 31/10/2024 21:14
Acordaron un aumento de 6% para el empleo doméstico La Comisión de Trabajo en Casas Particulares definió un nuevo aumento de las remuneraciones mínimas del personal que realiza tareas domésticas. El incremento es del 6% promedio y se realizará en dos tramos: 3,2% retroactivo a septiembre y 2,8% en octubre. Las autoridades nacionales y gremiales acordaron reunirse en noviembre para debatir un acuerdo paritario correspondiente al último bimestre de 2024. Para las empleadas domésticas que cobran de manera mensual, la recomposición salarial correspondiente a septiembre se realizará sobre la base de los salarios pagados en agosto y el de octubre se otorgará sobre los abonados en el noveno mes. Así lo informó la Unión del Personal Auxiliar de Casas Particulares (UPACP), la entidad gremial que nuclea a los trabajadores de la actividad. Aún resta que la Secretaría de Trabajo a cargo de Julio Cordero homologue el acuerdo paritario. El anterior aumento para el sector fue en agosto cuando se definió una paritaria de 13% en dos tramos: 8,5% en julio y 4% en agosto. Así, los trabajadores que cobran por mes habían recibido el último ajuste a principios de septiembre. Aumento para empleadas domésticas De acuerdo con el aumento acumulativo del 3,2% que se acordó de manera retroactiva para septiembre, la hora y el mes trabajado deberá pagarse de la siguiente manera y tendrán como base los abonados en agosto: Supervisores con retiro: $3.260,09 la hora y $406.848,46 el mes trabajado;Supervisores sin retiro: $3.570,72 y $453.183,19;Personal para tareas específicas con retiro: $3.087,71 y $377.985,48;Personal para tareas específicas sin retiro: $3.384,96y $420.761,88;Caseros: $2.915,40 y $368.785,20;Asistencia y cuidado de personas con retiro: la hora $2.915,40 y el mes trabajado $368.785,20;Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.260,09 y $410.972,33;Personal para tareas generales con retiro: $2.703,84 y $331.644,55;Personal para tareas generales sin retiro: $2.915,40 y $368.785,20. Desde octubre de 2024 De acuerdo al aumento de 2,8% que regirá para octubre, la hora y el mes trabajado deberá pagarse (a principios de noviembre)- en base a los sueldos abonados en septiembre- de la siguiente manera: Supervisores con retiro: $3.351,37 la hora y $418.240,21 el mes trabajado; Supervisores sin retiro: $3.670,70 y $432.543,21; Personal para tareas específicas con retiro: $3.173,14 y $388.569,07; Personal para tareas específicas sin retiro: $3.479,74 y $432.543,21; Caseros: $2.997,03 y $379.111,19; Asistencia y cuidado de personas con retiro: la hora $2.997,03 y el mes trabajado $379.111,19; Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.351,37 y $422.479,55; Personal para tareas generales con retiro: $2.779,55 y $340.930,60; Personal para tareas generales sin retiro: $2.997,03 y $379.111,19. Cuáles son las categorías de los trabajadores de casas particulares Según las tareas realizadas, un trabajador de casa particular pertenece a una determinada categoría. Cada una de ellas, tiene asignada una remuneración mínima para la modalidad “con retiro” y “sin retiro”. También se especifica una remuneración “por hora” y otra “mensual”. Supervisor: Coordina y controla las tareas efectuadas por dos o más personas a su cargo. Se encuentra en la primera categoría; Personal para tareas específicas: Cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar esa labor, y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad del personal. Forman parte de la segunda categoría; Caseros: Ubicados en la tercera categoría, abarca al personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda, donde habita debido a su actividad y por el contrato de trabajo; Asistencia y cuidado de personas: Comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas tales como, personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes, adultos mayores. Se encuentran en la cuarta categoría; Personal para tareas generales: Prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y, en general, toda otra tarea típica del hogar. Forman parte de la quinta categoría.
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