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  • Sus abogados llevan el caso a la Corte Interamericana de La Haya. - Entre Rios 24

    Parana » ER 24

    Fecha: 01/07/2024 08:47

    En el momento de mayor exposición y debate en la opinión pública, los medios y las redes sociales sobre el caso Nahir Galarza, quien a los diecinueve años fue condenada a prisión perpetua por el crimen de Fernando Pastorizzo acaecido en la madrugada del 29 de diciembre de 2017, y en circunstancias donde la película «Nahir» y la serie documental «El Secreto de un Crimen» sobre la tragedia son lo más visto en las plataformas, la Corte Suprema de Justicia de La Nación decidió no expedirse sobre su condena invocando el Art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. Este artículo trata dentro de la sección referente a la Corte Suprema de la Nación el llamamiento de autos, el rechazo del recurso extraordinario y los memoriales en el recurso. Ante el Recurso Federal presentado por la defensa de Galarza, el máximo tribunal de la Argentina tenía tres opciones a destacar: 1) Confirmar el fallo de la provincia de Entre Ríos y dar los fundamentos. No lo hizo. 2) Revocar el fallo ordenando realizar un nuevo juicio con perspectiva de género y que se analicen las diferentes hipótesis, entre ellas la que sostiene que el ejecutor del crimen fue el padre de Nahir, el policía Marcelo Galarza, y brindando los fundamentos. No lo hizo. 3) Decidir que no quiere analizar el caso con la facultar de no brindar fundamentos. Esto es lo que hizo aplicando el Art. 280 del Codigo Procesal. Segun trascendió, bajo la convicción de que la Corte Suprema no iba expedirse sobre el fallo, la defensa técnica de Nahir Galarza patrocinada por los reconocidos penalistas los Dres. José Ostolaza y Pablo Sotelo, ya tenían listo de antemano el Recurso que ingresará de inmediato a la Corte Interamedicana de Derechos Humanos, La Haya (CIDH), donde se denuncia entre otras cuestiones el incumplimiento por parte de la justicia entrerriana de los convenios firmados por nuestro país en materia de «Violencia de Género y Protección de la Mujer» (Belem Do Para, 1994), la Violencia Institucional por las pericias apócrifas y una docena de arbitrariedades. La noticia de anticipación sobre la decisión de nuestra Corte Suprema de no expedirse sobre el fallo del que se ha transformado en el caso más emblemático de criminalidad adolescente de toda la región la brindó el manager de medios, y autor del libro «El Silencio de Nahir, Crónica de un Linchamiento Mediático», Jorge Zonzini que sostuvo «no me sorprende el accionar de la Corte Suprema. Perdió la oportunidad de enseñarle a la sociedad fundamentando cada ítem sobre si a Nahir la condenó una justicia machista, patriarcal, misógina y arbitraria o si se trató de un caso record donde una mujer adolescente fue condenada en tan solo seis meses con intenciones de demostrar que la mujer también mata, instalar el primer machicidio de la argentina como contracara absurda de los femicidios o si tal condena fue producto de un accionar de brillantez jurídica». Así mismo, Zonzini, expresó «este caso se consolidó como un fenómeno audiovisual sin precedentes con dos libros editados, una película y una serie documental por que no le cierra a nadie. La Corte Suprema, sugestivamente integrada por cuatro hombres y supuestamente notables del derecho, pierde la oportunidad de darle cátedra a una sociedad hambrienta de conocimiento y certezas y refuerza la teoría de que tenemos una justicia lenta, vaga y a la que solo le interesa inmiscuirse en temas de política y no en lo temas que debate la ciudadanía». Finalmente nuestro máximo tribunal deja en manos de un tribunal superior internacional (CIDH) el estudio de un fallo polémico que logró, entre otras cuestiones, que las grandes cinematográficas del mundo (Amazon.Paramount.HBO) se interesaran, nos expongan y produjeran material que ideológicamente abona la teoría de un caso lleno de secretos, mentiras, pactos, vergüenza jurídica y social, y sobre todo ellos dejan finales abiertos que no quiso cazar la justicia y que incentivan un debate inédito en nuestro país». Por último, ante la pregunta sobre si cree que la decisión de la Corte Suprema obedece a algún tinte político, el manager de medios, sostuvo «la Corte hasta el año pasado estudiaba el fallo pero sugestivamente con el cambio de gobierno se lavó las manos y prefirió no meterse. Causalmente un gobierno que eliminó la perspectiva de género, el Ministerio de la Mujer, que ataca la autodeterminación ante el aborto y muestra en cada actitud y/o discurso presidencial o de su vocería la insignificancia de los derechos ganados por las mujeres a través del tiempo. Por ello resulta evidente que para ellos un cambio favorable para Nahir hubiera resultado inadmisible. De hecho la resolución está firmada desde hace tiempo y se dará a conocer a los medios recién esta semana, seguramente aprovechando el clamor del caso Nahir e intentar tapar otras cuestiones más sensibles de la política, de la justicia, la caída de los bonos, el riesgo país y por que no de los padecimientos que acarrea la ciudadanía por la durísima coyuntura económica ingresando al temido segundo semestre de la administración de Milei. Lo que se dice, una Corte Suprema tiempista». Cabe recordar que Nahir Mariana Galarza, la mujer más joven en recibir una pena a prisión perpetua, deberá seguir presa, ya que la invocación del Art. 280 faculta a la Corte no meterse sin fundamentar por que y por ende como se sostienen los fallos existentes hasta aguardar la decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que tratará su caso en su sede de la ciudad San José, en Costa Rica.

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