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  • De compras con una remera nazi en pleno centro de una ciudad del Alto Valle

    » LM Neuquen

    Fecha: 27/04/2024 03:23

    Un vecino fue visto con una extraña prenda en un supermercado. Causó indignación por el símbolo que reivindicaba al nazismo. Un grupo de clientes de un céntrico supermercado chino de una ciudad del Alto Valle se sorprendieron al ver, este viernes por la mañana, a un hombre haciendo las compras con una remera con un símbolo nazi y una frase en reivindicación de Adolf Hitler. El señor caminaba entre las góndolas con un carrito, en el que llevaba algunos productos, vestiendo una prenda blanca con la cruz esvástica junto a la frase "I love Hitler, i hate you. May the jew burn in hell". Cuya traducción es una fuerte y abominable reivindicación a uno de los genocidios para atroces del Siglo XX: "Amo a Hitler, te odio. Que el judío arda en el infierno". La repudiable imagen sorprendió a algunos de los presentes. Según pudo conocer LMNeuquén se trata de un vecino reconocido en la localidad rionegrina por sus habituales extraños comportamientos. Semanas atrás, en Neuquén, los símbolos nazis han aparecido en pintadas. En tal sentido, el mural sobre violencia institucional que realizó la artista plástica Elisa Algranati fue vandalizado una vez más. Una cruz esvástica, símbolo del nazismo, fue estampada sobre las caras de las Madres de Plaza de Mayo. Su autora pide que investiguen quién está llevando adelante estos actos de violencia que tienen varios antecedentes. El mural está ubicado en un paredón de la sede de Vialidad sobre la calle Tucumán, en el centro neuquino. Y la de esta semana es la tercera vez que es atacado. También lo habían hecho sobre otro mural ubicado en calle Talero. mural esvástica También la Casa Museo Doctor Gregorio Álvarez fue atacado por vándalos con pintadas similares a mediados del año pasado. Por entonces, la Dirección Provincial de Patrimonio Cultural consideraron que "estos tristes sucesos no hacen más que reforzar nuestras convicciones en relación a aquellos que se niegan a reconocer los terribles actos del último gobierno de facto. Además, nos impulsan a reafirmar y mantener vigente nuestro compromiso inquebrantable con la memoria, la verdad y la justicia”. Qué dice la ley sobre el nazismo Adolf Hitler fue la autoridad máxima de Alemania entre los años 1933 y 1945, concluyendo su mandato en coincidencia con el final de la Segunda Guerra Mundial. Impuso un régimen basado en la superioridad racial y ordenó secuestrar, torturar y asesinar a cerca de 11 millones de judíos. Los responsables del Holocausto fueron en su mayoría capturados y condenados. El párrafo 86 del Código Penal alemán prohibió y condena el uso de la esvástica, el saludo hitleriano, el himno del partido nazi: el uso y la distribución de los símbolos y canciones nazis. En Argentina, la Ley 23.592 de Medidas contra actos discriminatorios, aprobada y promulgada por el Congreso de la Nación en agosto de 1998, establece penas de prisión para quienes realicen propagan basadas en teorías de superioridad racial. Los artículos: Artículo 1°: Quien arbitrariamente impida, obstruya, restrinja o de algún modo menoscabe el pleno ejercicio sobre bases igualitarias de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, será obligado, a pedido del damnificado, a dejar sin efecto el acto discriminatorio o cesar en su realización y a reparar el daño moral y material ocasionados. A los efectos del presente artículo se considerarán particularmente los actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos. Art. 2°.- Elévase en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de la escala penal de todo delito reprimido por el Código Penal o Leyes complementarias cuando sea cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso. En ningún caso se podrá exceder del máximo legal de la especie de pena de que se trate. Art. 3°.- Serán reprimidos con prisión de un mes a tres años los que participaren en una organización o realizaren propaganda basados en ideas o teorías de superioridad de una raza o de un grupo de personas de determinada religión, origen étnico o color, que tengan por objeto la justificación o promoción de la discriminación racial o religiosa en cualquier forma. En igual pena incurrirán quienes por cualquier medio alentaren o incitaren a la persecución o el odio contra una persona o grupos de personas a causa de su raza, religión, nacionalidad o ideas políticas. El Congreso de la Nación está ubicado en la intersección de las avenidas Entre Ríos y Rivadavia 1200x678.png El Gobierno envió un paquete fiscal al Congreso y espera comenzar a tratarlo la próxima semana. Art 4°.- Se declara la obligatoriedad de exhibir en el ingreso a los locales bailables, de recreación, salas de espectáculos, bares, restaurantes u otros de acceso público, en forma clara y visible el texto del artículo 16 de la Constitución Nacional, junto con el de la ley. Art 5°.- El texto señalado en el artículo anterior, tendrá una dimensión, como mínimo de treinta centímetros (30) de ancho, por cuarenta (40) de alto y estará dispuesto verticalmente. En el mismo al pie, deberá incluirse un recuadro destacado con la siguiente leyenda: 'Frente a cualquier acto discriminatorio, usted puede recurrir a la autoridad policial y/o juzgado civil de turno, quienes tienen la obligación de tomar su denuncia.' Art. 6°.- Se impondrá multa de $ 500 a $ 1.000 al propietario, organizador o responsable de locales bailables, de recreación, salas de espectáculos u otros de acceso público que no cumpliere estrictamente con lo dispuesto en los artículos 4º y 5º de la presente ley.

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