Monotributo: ARCA oficializó las nuevas escalas y fijó la fecha límite de recategorización
Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para realizar el trámite obligatorio sin sufrir penalidades.
21/07/2026
Monotributo: ARCA oficializó las nuevas escalas y fijó la fecha límite de recategorización
Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para realizar el trámite obligatorio sin sufrir penalidades.
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) oficializó las nuevas escalas del monotributo que regirán desde el 1 de agosto y habilitó el sistema para que los contribuyentes alcanzados realicen la recategorización. Según confirmó la Agencia Noticias Argentinas, el trámite se podrá realizar hasta el 5 de agosto sin penalidades, y contempla un incremento del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales, en línea con la inflación acumulada del primer semestre informada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC).
Los nuevos importes comenzarán a aplicarse desde el vencimiento del 20 de agosto, fecha en la que deberá abonarse la cuota mensual con los valores actualizados. Para determinar si corresponde cambiar de categoría, los pequeños contribuyentes deberán analizar los ingresos brutos, los alquileres devengados, la superficie afectada a la actividad y el consumo de energía eléctrica de los últimos 12 meses. En tanto, quedan exceptuados quienes mantengan sus mismos parámetros y aquellos con menos de seis meses de actividad.
Paso a paso: cómo hacer la recategorización del monotributo
Para completar el trámite, que cuenta con una modalidad simplificada para quienes poseen puntos de venta electrónicos y 12 meses en el régimen, se deben seguir estos pasos:
- Ingresar al portal de la agencia con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y clave fiscal.
- Acceder al servicio "Monotributo".
- Seleccionar la opción "Recategorizarme".
- Revisar la información registrada y presionar "Continuar recategorización".
- Actualizar los datos, si corresponde.
- Confirmar el trámite y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.
Nuevas escalas de facturación del monotributo
Los nuevos topes anuales de ingresos brutos son los siguientes:
- Categoría A: hasta $12.009.410,45.
- Categoría B: hasta $17.595.182,74.
- Categoría C: hasta $24.670.494,31.
- Categoría D: hasta $30.628.651,43.
- Categoría E: hasta $36.028.231,33.
- Categoría F: hasta $45.151.659,41.
- Categoría G: hasta $53.995.798,87.
- Categoría H: hasta $81.924.660,37.
- Categoría I: hasta $91.699.761,90.
- Categoría J: hasta $105.012.519,20.
- Categoría K: hasta $126.610.838,75.
Cuánto habrá que pagar por mes desde agosto
Las cuotas mensuales, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, quedan de la siguiente manera:
- Categoría A: $49.527,18 (servicios y bienes).
- Categoría B: $56.379,08 (servicios y bienes).
- Categoría C: $66.020,12 (servicios) | $64.530,58 (bienes).
- Categoría D: $84.612,93 (servicios) | $82.564,81 (bienes).
- Categoría E: $119.811,45 (servicios) | $108.267,51 (bienes).
- Categoría F: $150.784,21 (servicios) | $129.930,65 (bienes).
- Categoría G: $230.312,94 (servicios) | $158.815,05 (bienes).
- Categoría H: $522.706,68 (servicios) | $317.895,01 (bienes).
- Categoría I: $963.747,86 (servicios) | $474.992,78 (bienes).
- Categoría J: $1.167.299,76 (servicios) | $580.793,69 (bienes).
- Categoría K: $1.614.446,04 (servicios) | $702.103,24 (bienes).
Finalmente, el organismo recaudador recordó que cuenta con la facultad de realizar una recategorización de oficio si detecta inconsistencias fiscales, tales como compras, gastos o acreditaciones bancarias que superen los ingresos permitidos para la categoría vigente. Estas decisiones serán notificadas a través del domicilio fiscal electrónico y el monotributista podrá apelar la medida mediante el servicio Presentaciones Digitales.