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Parlamentario 30/06/2026 19:34 4 min de lectura

Buscan establecer un proceso judicial rápido para causas de menor cuantía - Parlamentario

El Senado bonaerense debate un proyecto de ley que establece un nuevo procedimiento para pequeñas causas y así lograr una resolución ágil, simple, gratuita e informal de conflictos de consumo y vecinales.

Buscan establecer un proceso judicial rápido para causas de menor cuantía - Parlamentario
Foto: Parlamentario

El Senado bonaerense debate un proyecto de ley que establece un nuevo procedimiento para pequeñas causas y así lograr una resolución ágil, simple, gratuita e informal de conflictos de consumo y vecinales.

El senador Marcelo Feliú presentó un proyecto de Ley que propone crear un nuevo proceso de pequeñas causas, un mecanismo judicial destinado a resolver de manera ágil, oral y gratuita conflictos entre vecinos y reclamos derivados de relaciones de consumo de menor cuantía.

La iniciativa incorpora un nuevo capítulo al Código Procesal Civil y Comercial de la provincia, el de Pequeñas Causas, que alcanzará a controversias cuyo monto no supere los 63 JUS, una unidad de referencia utilizada por la Justicia bonaerense que actualmente equivale a alrededor de 3 millones de pesos.

Se busca recrear un proceso judicial especialmente diseñado para la resolución ágil, simple, gratuita e informal de conflictos de menor cuantía derivados de relaciones de consumo y de controversias entre vecinos en el ámbito del derecho privado.

Según establece la propuesta, los reclamos podrán resolverse mediante un procedimiento simplificado, con audiencias concentradas, plazos abreviados y un rol más activo del juez en la búsqueda de soluciones. Incluso, la sentencia podrá dictarse en la misma audiencia o, excepcionalmente, dentro de los cinco días posteriores.

El nuevo procedimiento de pequeñas causas acorta los tiempos, establece la plena oralidad, otorga un rol más activo a los Jueces, establece fuertes incentivos para que la parte demandada se presente y consigue resultados concretos en un lapso que no podría superar los 35 días contados desde la interposición de la demanda.

Además, el proceso se enmarca en los principios protectorios de nuestro plexo normativo, favoreciendo el acceso a la justicia y procurando soluciones rápidas y justas para la comunidad.

En los fundamentos del proyecto, el senador provincial Marcelo Feliú señaló que muchos conflictos de consumo y de convivencia vecinal terminan sin resolución debido a los costos, la complejidad de los procedimientos y los extensos plazos judiciales, lo que desalienta a los ciudadanos a reclamar por sus derechos.

Asimismo, sostuvo que la iniciativa permitirá que quienes hayan sufrido un daño en una relación de consumo o un perjuicio patrimonial derivado de relaciones de vecindad puedan acceder de manera gratuita a un proceso legal oral, rápido y comprensible.

El proyecto contempla además la creación de una Lista de Abogados y Abogadas de Pequeñas Causas en cada Colegio de Abogados de los distintos Departamentos Judiciales que componen el territorio provincial.

Los profesionales deberán acreditar capacitación específica en Derecho del Consumidor y serán designados mediante el método de desinsaculación o un sorteo aleatorio.

Entre otros puntos, la iniciativa prevé el uso de herramientas tecnológicas para facilitar la participación de las partes y excluye la mediación prejudicial obligatoria para este tipo de procesos.

Según se destaca en los fundamentos, se considera un antecedente para avanzar en esta dirección que la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante la acordada N° 5 del año 2009 incorpora las 100 Reglas de Brasilia, documento que explícitamente establece la necesidad de simplificar y facilitar los procesos judiciales para favorecer el acceso a la justicia, especialmente de las personas que pertenezcan a grupos vulnerabilizados.

También, el artículo 42 de la Constitución Nacional, incorporado por la reforma de 1994, reconoce los derechos de consumidores y usuarios. Y la Constitución de la provincia de Buenos Aires, en su artículo 38, continúa por la misma línea explicitando la protección de los derechos de consumidores y usuarios mediante procedimientos eficaces.

Luego aparecen dos leyes provinciales, las leyes provinciales 13.133 y la 14.514, que constituyen el eje normativo de la tutela del consumidor en el ámbito bonaerense y el marco que define los parámetros de acceso a la Justicia.

En lo que tiene que ver con la legislación comparada la propuesta toma como antecedente experiencias implementadas en las provincias de Santa Fe y Mendoza, donde funcionan sistemas similares orientados a agilizar la resolución de conflictos de baja cuantía y ampliar el acceso efectivo a la Justicia.

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