La CNE declaró la nulidad de un DNU de Milei en relación a la Ley de Migraciones y el trámite de ciudadanía - Parlamentario
Se trata del decreto de necesidad y urgencia 366/2025, que había empoderado a la Dirección Nacional de Migraciones a otorgar o no la ciudadanía a extranjeros.
Se trata del decreto de necesidad y urgencia 366/2025, que había empoderado a la Dirección Nacional de Migraciones a otorgar o no la ciudadanía a extranjeros.
La Cámara Nacional Electoral declaró este martes la nulidad del decreto de necesidad y urgencia 366/2025, por el cual el Poder Ejecutivo dispuso una profunda reforma de la Ley de Migraciones.
En su fallo, el tribunal resolvió declarar la nulidad del decreto que había asignado a la Dirección Nacional de Migraciones la competencia para otorgar la ciudadanía argentina, por considerar que dicha norma fue dictada en exceso de las atribuciones que la Constitución Nacional confiere al Poder Ejecutivo Nacional para actos de esa naturaleza.
La CNE sostuvo -por una parte- que, en virtud de la intrínseca vinculación entre el otorgamiento de la ciudadanía y la adquisición de los derechos políticos, las disposiciones del decreto 366/2025 regulan aspectos que alteran cuestiones atinentes a la materia electoral.
En este sentido, recordó que el artículo 76 de la Constitución Nacional prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo y que el artículo 99, inciso 3, en particular, le prohíbe expresamente dictar decretos de necesidad y urgencia en materia electoral, bajo pena de nulidad absoluta e insanable.
Por otra parte, la Cámara señaló que las circunstancias alegadas en sustento de la necesidad de dictar el decreto cuestionado no constituyeron razones de "rigurosa excepcionalidad y urgencia" que tornara imposible seguir el trámite legislativo ordinario, único supuesto que habilita constitucionalmente el dictado de este tipo de normas.
Frente a esas circunstancias, la sentencia explica que los tribunales deben resguardar el principio de jerarquía normativa, que les impone aplicar la norma legal frente a un decreto que la modifica con exceso de facultades constitucionales.
Así, el tribunal resolvió declarar la nulidad del decreto 366/2025, revocar la sentencia de primera instancia que había rechazado la solicitud de ciudadanía del actor, comunicar lo decidido al Ministerio de Seguridad Nacional para que instruya a la Dirección Nacional de Migraciones, y poner la resolución en conocimiento de los jueces federales con competencia electoral de todo el país, en ejercicio de su rol como órgano unificador de criterios dentro del fuero electoral.