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tn24 22/06/2026 20:55 3 min de lectura

EDICTO: "FINANPRO SRL C/ SOSA JUAN RAMON S/ EJECUTIVO", Expte. N° 6341/25"- PUBLICADO 22 Y 23 DE JUNIO DE 2026 - TN24

El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, a cargo de la Dra. BEATRIZ ESTHER CACERES - Juez, sito en calle Güemes Nº

EDICTO: "FINANPRO SRL C/ SOSA JUAN RAMON S/ EJECUTIVO", Expte. N° 6341/25"- PUBLICADO 22 Y 23 DE JUNIO DE 2026 - TN24
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El Juzgado de 1º Instancia en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación, a cargo de la Dra. BEATRIZ ESTHER CACERES Juez, sito en calle Güemes Nº 609, Resistencia, NOTIFICA al Sra. SOSA JUAN RAMON, D.N.I. N° 23.263.787, la sentencia monitoria dictada en autos: «FINANPRO SRL C/ SOSA JUAN RAMON S/ EJECUTIVO», Expte. N° 6341/25, la que en su parte resolutiva, DICE: «Resistencia, 27 de junio de 2025. AUTOS Y VISTOS. CONSIDERANDO: Por ello, RESUELVO: I.- LLEVAR ADELANTE la ejecución contra JUAN RAMON SOSA, D.N.I. N° 23.263.787, hasta hacerse el acreedor integro pago de la suma de PESOS UN MILLON DOSCIENTOSSESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS ($1.264.400,00) en concepto de capital reclamado, con más los intereses a calcular en la forma expuesta en los considerandos que anteceden. II. PRESUPUESTAR la suma de PESOS UN MILLONDOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS ($1.264.400,00), sujeta a liquidación definitiva, para responder a intereses y costas del juicio. III.- HACER SABER al ejecutado que dentro del quinto (5°) día a partir de la notificación de la presente, podrá cumplir la sentencia depositando el capital de condena más la suma presupuestada para intereses y costas u oponerse deduciendo las excepciones previstas en el art. 543delC.P.C.C., bajo apercibimiento de que la presente adquirirá el carácter de sentencia, pasándose a la etapa de cumplimiento de la misma de conformidad a lo dispuesto en el art.541tercer párrafo de dicho cuerpo legal. IV. IMPONER las costas del juicio a la parte demandada (art. 538 del C.P.C.C.). V. REGULAR los honorarios de la profesional interviniente JESSICA MALVINA CAMPOS, en la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL SETECIENTOS VEINTE ($250.720,00)como patrocinante, y a GUSTAVO INGARAMO en la suma de PESOS CIEN MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO ($100.288,00).como apoderado, con más I.V.A., si correspondiere (arts. 3.5.6y15 de la L.A.), sin perjuicio de su eventual adecuación en caso de existir oposición. Notifíquese a Caja Forense por Secretaría via internet, conforme lo dispuesto por Acordada3172 del 09/02/11 del Superior Tribunal de Justicia (punto séptimo) y cúmplase con los aportes de ley. VI. NOTIFIQUESE al ejecutado en el domicilio real, o el contractual o especial convenido por instrumento público o privado con firma certificada o reconocida, de conformidad con el art. 530 del C.P.C.C. y con las formalidades establecidas en el art. 341 del mencionado texto legal, el cual deberá ser íntegramente transcripto en el recaudo a librarse, agregándose las copias del escrito de demanda y documental acompañada. VII.- REGISTRESE, PROTOCOLICESE. El presente documento fue firmado electrónicamente por: CACERES BEATRIZ ESTHER, DNI: 16367446, JUEZ 1RA. INSTANCIA.» El presente debe publicarse por DOS (2) días en el Boletín oficial y en el diario local de mayor circulación. Resistencia, 09 de Abril de 2026

«LA PUBLICACIÓN SERÁ GUARDADA DIGITALMENTE, POR EL TÉRMINO DE CIENTO OCHENTA(180) DÍAS PARA SU EVENTUAL REQUERIMIENTO O CONSULTA POR INTERESADOS»

Publicado el día Lunes 22 de Junio de 2026 20.01 hs.

N° de publicación : 000727

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