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Informe Digital 19/06/2026 12:03 2 min de lectura

El Gobierno afloja las trabas para patentar biotecnología agrícola - Informe Digital

El INPI derogó una norma de 2015 que endurecía el patentamiento de materia viva y reavivó la pulseada por semillas e innovación.

El Gobierno afloja las trabas para patentar biotecnología agrícola - Informe Digital
Foto: Informe Digital

El Instituto Nacional de la Propiedad Industrial (INPI) derogó hoy, con la resolución 197, la normativa 283 que había fijado en 2015 restricciones para el patentamiento de materia viva y biotecnología. La decisión reabre el debate sobre propiedad intelectual en el agro y se alinea con el giro oficial para facilitar la innovación en semillas y desarrollos biotecnológicos.

Según dijo el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, en redes, la medida acerca al país a estándares internacionales y corrige una regla que, a su criterio, había dejado afuera a la producción agropecuaria de tecnologías clave.

Un cambio que impacta en semillas y biotecnología

En medio de la discusión por la falta de reconocimiento de la propiedad intelectual en semillas autógamas como la soja, en 2021 Bayer dejó su negocio de semillas de esa oleaginosa en la Argentina. La industria sostiene que una mayor adhesión a normas internacionales, como UPOV-91, podría destrabar inversiones y atraer nuevos jugadores.

El Gobierno viene impulsando cambios para reforzar la protección de la innovación en semillas. Mientras negocia con la Mesa de Enlace y la industria semillera una nueva ley que reemplace a la vigente desde 1973, también avanzó la semana pasada con otra decisión que dejó sin efecto una resolución que complicaba la actualización de los criterios de patentabilidad.

Qué cambia con la resolución 197

La norma derogada endurecía los criterios para patentar materia viva: exigía que los componentes biológicos estuvieran aislados, una condición que el sector privado consideraba restrictiva. Desde ahora, el proceso queda flexibilizado. De todos modos, por ley de patentes no se pueden registrar plantas ni animales.

La resolución reemplazó el párrafo 2.1.7.2 del Capítulo IV Parte C del anexo de la Resolución 243 del 19 de diciembre de 2003 del INPI. Allí se establece que no se considerarán invenciones las plantas, los animales y los procedimientos esencialmente biológicos para su reproducción o producción, y se excluyen de la protección las partes y componentes que puedan conducir a un individuo completo, sean o no modificados.

También quedan comprendidos los procedimientos esencialmente biológicos para la reproducción o producción de plantas o animales.

Tras la publicación de la medida, Sturzenegger sostuvo que la Argentina vuelve al mundo en biotecnología y que la decisión mejora el respeto por la propiedad intelectual y la innovación.

Según el funcionario, la producción agropecuaria argentina no podía acceder a tecnologías que mejoran productividad, sustentabilidad y competitividad internacional. También afirmó que una propiedad intelectual sólida es una condición de entrada a los grandes mercados y que el país deja atrás reglas que el mundo rechaza.

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