Milei acelera el trámite para nombrar jueces de la Corte - Informe Digital
El decreto elimina una etapa previa en Justicia y concentra las impugnaciones en el Senado.
El presidente Javier Milei avanzará con una reforma del proceso de selección de jueces de la Corte Suprema de Justicia de la Nación mediante un decreto que se publicará en las próximas horas en el Boletín Oficial, según confirmó Infobae. La medida, elaborada por el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques, modifica el régimen del Decreto 222/03 y sus cambios posteriores para recortar pasos, acortar plazos y simplificar la publicación de antecedentes de los candidatos. El objetivo es acelerar la cobertura de vacantes en el máximo tribunal, mientras el Ministerio de Justicia seguirá siendo la autoridad de aplicación.
La decisión llega con la Corte funcionando con tres de sus cinco miembros: Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti. Los otros dos lugares quedaron vacantes tras la salida de Elena Highton de Nolasco, en 2021, y de Juan Carlos Maqueda, a fines de 2024. El año pasado, el Gobierno intentó cubrir esos cargos con Ariel Lijo y Manuel García-Mansilla, pero no consiguió los dos tercios del Senado que exige la Constitución. Lijo fue votado y no alcanzó los apoyos necesarios. García-Mansilla fue nombrado en comisión, asumió por algunas semanas y luego renunció. Milei dejó en claro que solo volverá a avanzar cuando el escenario político le permita evitar una negociación con el kirchnerismo.
Qué cambia en el trámite previo
Hasta ahora, el Decreto 222/03 obligaba al Ministerio de Justicia a publicar durante al menos tres días el nombre y los antecedentes del candidato en el Boletín Oficial y en dos diarios nacionales. Luego se abría un plazo de 15 días para que ciudadanos, ONG y colegios profesionales presentaran observaciones o impugnaciones fundadas. Recién después de esa instancia el Presidente elevaba el pliego al Senado.
Ese esquema no altera lo que ocurre en la Cámara alta: allí siguen vigentes las audiencias públicas, las impugnaciones y la votación por dos tercios de los presentes, tal como manda la Constitución. También se mantenía la recomendación de considerar género, especialidad jurídica y procedencia regional al elegir candidatos.
La reforma elimina la instancia de publicación y observaciones dentro del Ministerio de Justicia. Según fuentes oficiales citadas por Infobae, esa etapa duplicaba un procedimiento que ya existe en el Senado y solo demoraba el trámite. La participación ciudadana no desaparece: pasa a concentrarse directamente en la Cámara alta, una vez que el pliego llegue al Congreso.
Además, la difusión de antecedentes dejará de hacerse en el Boletín Oficial y en diarios nacionales para pasar a la web oficial del Ministerio, con plazos más breves. El Gobierno sostiene que la actualización responde a la dinámica actual de comunicación y busca hacer más ágil el proceso.
En materia patrimonial y fiscal, el decreto fija un plazo de cinco días para que los postulantes presenten sus declaraciones juradas bajo la Ley de Ética Pública 25.188. También establece por primera vez un plazo para que ARCA informe si el candidato cumple con sus obligaciones impositivas y previsionales, un paso que antes no tenía término definido y podía trabar el trámite.
Otro cambio sensible es la eliminación de la recomendación para que el Presidente tenga en cuenta la diversidad de género, la especialidad jurídica y la procedencia regional al nominar jueces. Ese punto había sido usado por la oposición para cuestionar las postulaciones de Lijo y García-Mansilla. La nueva norma borra esa referencia, aunque no obliga al Gobierno a elegir perfiles distintos.
Lo que no cambia y la discusión política
La reforma no toca el procedimiento constitucional ni el reglamento del Senado. Las audiencias públicas, las impugnaciones ante la Comisión de Acuerdos y la votación por dos tercios siguen intactas. La diferencia es que ya no habrá una ventana administrativa previa en el Ejecutivo: la discusión se dará directamente en la Cámara alta, con el pliego ya enviado.
No todos en el oficialismo ampliado ven la medida con buenos ojos. Jimena de la Torre, dirigente del PRO e integrante del Consejo de la Magistratura, cuestionó el cambio en redes sociales. No retrocedamos en calidad institucional. La transparencia, la participación ciudadana y el control público no son trabas: son garantías republicanas. El Ejecutivo todavía estaría a tiempo de evitar una mala señal. La independencia judicial empieza por cómo se eligen los jueces de la Corte, escribió.
El antecedente de Lijo y García-Mansilla explica buena parte del giro. El período de observaciones en el Ministerio de Justicia alargó el trámite durante semanas antes de que los pliegos llegaran al Senado, donde el proceso volvió a repetirse en sus aspectos centrales. Impugnaciones, audiencias y cuestionamientos públicos se superpusieron en dos instancias. La reforma apunta a evitar esa duplicación y a reducir el tiempo de una designación que la Corte necesita para completar su integración.
Si el Gobierno decide avanzar con nuevas nominaciones, lo hará con un trámite más corto, una sola instancia de participación ciudadana en el Senado y sin la obligación de justificar la composición del tribunal en términos de género, especialidad o geografía. El paso siguiente dependerá, como ya admitió Milei, de una sola variable: los votos en el Senado.