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Economía
Tucumanalas7 10/06/2026 11:19 3 min de lectura

Rentas prorroga hasta el 30 de junio el régimen de facilidades de pago de tributos

El organismo de recaudación tributaria extendió el plazo para adherirse al régimen de regularización de deudas fiscales.ContentsEscala de beneficios según modalidad de pagoCondición para adherirse en junioCanales de pago y atención al contribuyente S

Rentas prorroga hasta el 30 de junio el régimen de facilidades de pago de tributos
Foto: Tucumanalas7

El organismo de recaudación tributaria extendió el plazo para adherirse al régimen de regularización de deudas fiscales.

Según anunció la Dirección General de Rentas, los contribuyentes tienen tiempo hasta el 30 de junio de 2026 para acogerse a los beneficios vigentes, que incluyen descuentos de hasta el 50 % en intereses y la posibilidad de financiar en cuotas. Karina Delordi, jefa de la División Asistencia al Contribuyente de la DGR indicó que el régimen permite regularizar todas las deudas de tributos provinciales con vencimiento hasta el 31 de marzo de 2026 y precisó: El alcance es amplio ya que se incorporan deudas por capital, recargos, multas e intereses, sostuvo.

También pueden incluirse las obligaciones que se encuentran en instancia judicial. En esos casos, los contribuyentes acceden a una reducción del 50 % en los honorarios de los apoderados fiscales del organismo, con la opción de financiar el pago en hasta 12 cuotas.

Escala de beneficios según modalidad de pago

El régimen establece una escala de descuentos sobre los intereses en función de la modalidad de pago elegida. Para el pago de contado, el beneficio es el más alto: una reducción del 50 % en los intereses. Al respecto, la funcionaria manifestó: «Para los planes de pago que se realicen de contado, se goza de un beneficio del 50 por ciento de los intereses», aseguró Delordi.

Para los pagos en cuotas cuyos vencimientos operen hasta diciembre de 2026 es decir, en hasta 6 cuotas, la reducción alcanza el 40 % de los intereses. Para planes con vencimientos posteriores a diciembre de 2026, la quita aplicable es del 30 % de los intereses.

Condición para adherirse en junio

El organismo precisó qué obligaciones deben estar canceladas para poder ingresar al plan durante el mes de junio: «La condición para adherirse al plan de pagos en este mes es tener cumplidas y abonadas las obligaciones que vencieron a partir del 1.° de abril del año 2026 y las que vencen hasta el mes de junio, es decir, 3 cuotas o anticipos.»

En el caso de los impuestos inmobiliarios o automotores, esas obligaciones corresponden a las cuotas de abril, mayo y junio.

La primera cuota de todos los planes de pago suscripto durante junio vencerá el 15 de julio de 2026.

Canales de pago y atención al contribuyente

Los tributos corrientes pueden abonarse a través del sitio web del organismo www.rentastucuman.gov.ar, con tarjetas de débito y crédito de cualquier entidad bancaria habilitada.

Rentas destacó que todos sus trámites son gratuitos y no requieren la intervención de intermediarios ni gestores. El organismo aclaró los canales disponibles para quienes necesiten asistencia:

En ese sentido la funcionaria de Rentas sostuvo: «Tenemos nuestras líneas de call center, al 4503700, en la página web del organismo, donde tienen todos los correos electrónicos, o pueden acercarse a nuestro organismo, donde van a ser asesorados y ayudados para que puedan realizar el plan de pago, o cualquier otro trámite que les resulte difícil realizar desde la página.»

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