El Gobierno envió al Congreso un proyecto de ley de Lobby: qué regula y qué actividades quedan excluidas
Con esta norma serán transparentes las gestiones que realizan las empresas o sus intermediarios ante los funcionarios nacionales y legisladores, para evitar un conflicto de intereses. Se crea, además, un registro público de lobistas.
En medio del envío de una nueva tanda de reformas al Congreso, el Gobierno presentó un proyecto para regular la actividad de lobby o gestión de intereses ante el Estado. La iniciativa propone crear un régimen con registros públicos, reglas de transparencia y mecanismos de trazabilidad para las interacciones entre funcionarios y actores privados con el objetivo de influir en decisiones públicas.
Los fundamentos del Gobierno nacional sobre el proyecto de ley de Lobby sostienen que la gestión de intereses es una actividad legítima y presentan la iniciativa como un Régimen de Gestión de Intereses destinado a garantizar la publicidad, transparencia, trazabilidad y probidad de las interacciones entre actores públicos y privados en los procesos de formación y toma de decisiones estatales.
Para el Ejecutivo, un Estado más transparente es aquel que se erige sobre una base sin arbitrariedad ni privilegios, con mayor libertad y participación ciudadana. Además, agrega: La calidad institucional no se declama, se construye con reglas claras que limiten el poder y expongan su ejercicio al control público.
El proyecto será girado a las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General, encabezadas por los libertarios Nicolás Mayoraz y Santiago Santurio.
Qué establece el proyecto
La iniciativa define a la gestión de intereses como toda actividad de promoción, representación, intermediación, asesoramiento o incidencia desarrollada por personas humanas o jurídicas por cuenta propia o de terceros, con o sin fines de lucro, de manera onerosa o gratuita con el objetivo de influir en la adopción, modificación, postergación, rechazo, implementación o evaluación de decisiones públicas.
Entre las actividades alcanzadas figuran la elaboración, aprobación, modificación o derogación de leyes, actos administrativos y políticas públicas; procedimientos de contratación estatal; concesiones, permisos, licencias y habilitaciones; además de la asignación o modificación de partidas presupuestarias, subsidios, beneficios fiscales o regímenes promocionales.
En cambio, quedarán excluidas las comunicaciones de carácter protocolar, social o institucional y las actividades académicas, científicas, técnicas, periodísticas o de difusión general, siempre que no busquen influir sobre una decisión pública determinada. También quedará exceptuado el ejercicio individual del derecho de petición ante las autoridades.
El proyecto prevé además la creación de un Registro Público de Gestores de Intereses, de acceso abierto, destinado a identificar a las personas humanas y jurídicas que desarrollen actividades de lobby ante los poderes Ejecutivo y Legislativo.
También establece incompatibilidades: ningún funcionario podrá actuar como gestor de intereses mientras ejerza funciones públicas, en línea con la Ley de Ética de la Función Pública.
Quedarán incluidas dentro del régimen las gestiones vinculadas con la elaboración o derogación de leyes, licitaciones, concesiones o la asignación de subsidios y beneficios fiscales.
En La Libertad Avanza sostienen que la propuesta es una herramienta para contribuir a la construcción de una democracia más deliberativa, transparente y liberal.
Antecedentes legislativos
El último proyecto de ley de Lobby presentado en el Congreso ingresó en 2024 y fue impulsado por la diputada radical Karina Banfi, hoy integrante del monobloque Adelante Buenos Aires.
La existencia de un régimen implica reglas y constituye el primer paso para evitar conflictos de intereses, que son centrales en la conducta ética de cualquier funcionario o tomador de decisiones, señaló Banfi a TN. Y agregó: El conflicto de intereses y los lobbies son la puerta de ingreso a la corrupción cuando la ética del funcionario queda expuesta a beneficios o privilegios por encima del bien común.
La legisladora también cuestionó al Poder Ejecutivo: No responde pedidos de acceso a la información, pero ahora quiere autorregularse respecto de con quiénes se reúne. Lo celebro de todas maneras si toman en serio, de una vez por todas, la agenda de transparencia y fortalecimiento institucional.
Su iniciativa fue acompañada por los radicales Fabio Quetglas, Mario Barletta, Soledad Carrizo, Gerardo Cipollini y Marcela Coli. En los fundamentos del proyecto señalaron que una regulación de este tipo representa una de las deudas del Congreso para fortalecer la democracia y promover la probidad en la función pública.
Sin embargo, esa propuesta nunca avanzó en las comisiones de Asuntos Constitucionales y Legislación General.
Antecedentes internacionales
En Estados Unidos, la ley de Lobby fue sancionada en 1995 y reformada en 2007. El sistema establece un esquema de transparencia basado en registros públicos y la divulgación obligatoria de las actividades de cabildeo.
La normativa exige que cualquier individuo u organización contratada para realizar tareas de lobby se registre ante la Secretaría del Senado y la Cámara de Representantes.
En la Unión Europea no existe una ley específica, aunque sí un sistema regulatorio apoyado en un Registro de Transparencia. Funciona bajo el principio de condicionalidad: registrarse es un requisito indispensable para cualquier persona u organización que quiera realizar actividades de influencia sobre las decisiones públicas.