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Cuestion Entrerriana 13/05/2026 12:30 4 min de lectura

Tribuna Segura: el Gobierno suma a los deudores alimentarios al listado de personas con ingreso prohibido a los estadios

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Tribuna Segura: el Gobierno suma a los deudores alimentarios al listado de personas con ingreso prohibido a los estadios
Foto: Cuestion Entrerriana

El Gobierno nacional amplió el programa Tribuna Segura y, desde ahora, se restringirá el ingreso a estadios de fútbol a las personas inscriptas en registros de deudores alimentarios, lo que suma al menos 13.000 nuevos alcanzados al sistema nacional de control en espectáculos deportivos.

Así quedó establecido en la Resolución 429/2026 del Ministerio de Seguridad, publicada en el Boletín Oficial, que unifica a nivel nacional una medida que ya regía en algunas jurisdicciones.

Según la norma, quienes figuren en el Registro Público de Alimentantes Morosos, o su equivalente local, serán incorporados al listado de personas con restricción de ingreso a los estadios en el marco del programa Tribuna Segura.

Modificación de la normativa vigente

El texto oficial dispuso la modificación del artículo 2º de la Resolución Nº 354/2017, que fija los criterios para aplicar la restricción de concurrencia administrativa en espectáculos futbolísticos.

En la resolución publicada este miércoles se informó que se podrá restringir la concurrencia a toda persona que se encontrare imputada, procesada o condenada, respecto de delitos que hayan sido cometidos en el marco de la Ley N° 23.184 y sus modificatorias, referida a la violencia en espectáculos deportivos.

A ese universo se le suman ahora otras categorías de personas alcanzadas por la restricción, entre ellas las vinculadas a hechos de violencia, delitos dolosos y contravenciones en el contexto de partidos de fútbol.

Quiénes pueden quedar afuera de los estadios

La resolución detalla que se podrá restringir la concurrencia a toda persona que:

Haya sido imputada, procesada o condenada por delitos dolosos con pena de reclusión o prisión y que la Autoridad de Aplicación entienda que razonablemente pueda crear un riesgo concreto en el espectáculo futbolístico.

También se incluye a quien se encontrare imputado en cualquier actuación contravencional en el marco de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro, durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos; como así también durante los traslados de las parcialidades, hacia o desde el estadio deportivo donde el espectáculo se desarrolle.

Asimismo, se alcanzará a quienes hubiere tenido conductas violentas contra las personas o las cosas o dificultare el normal desenvolvimiento de un espectáculo futbolístico, ya sea antes, durante o después de la disputa del encuentro o durante las concentraciones o entrenamientos de los equipos.

La norma agrega a quienes hubiere tenido conductas violentas contra las personas o las cosas o que afectaren la seguridad, el tránsito vehicular o el orden público, ya sea de manera individual o en el marco de una manifestación o congregación en la vía pública o en lugares abiertos al público en general, con o sin desplazamiento, cualquiera sea su naturaleza.

También se contempla a quienes incurriere en conductas o prácticas violentas, en su traslado desde o hacia un estadio deportivo, en ocasión de un espectáculo futbolístico en los términos previstos en el Artículo 1°, inciso a) del Anexo de la Resolución MS Nº 355/2017, o alterare el orden público o utilizare servicios de transporte de pasajeros no registrados o habilitados por la autoridad competente.

La restricción alcanza, además, a quienes se encontrare imputada, procesada o condenada por delitos previstos y reprimidos en la Ley Nº 23.737 y sus modificatorias, cometidos con motivo o en ocasión de un espectáculo futbolístico.

Incorporación de los deudores alimentarios

Finalmente, la resolución incorpora de manera expresa a las personas registradas como deudores alimentarios: Si existiera a su respecto una medida judicial o administrativa que estipulare la restricción de ingreso a estadios deportivos por encontrarse inscripto en un Registro Público de Alimentantes Morosos, o su equivalente, de conformidad con la normativa local. La medida restrictiva se mantendrá mientras continúe vigente la situación que le dio origen.

De este modo, el programa Tribuna Segura amplía su alcance y suma a los deudores alimentarios a la nómina de personas con ingreso prohibido a los estadios de fútbol en todo el país.

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