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La Nacion 13/04/2026 09:31 2 min de lectura

Procesaron a Begoña Gómez, la mujer de Pedro Sánchez, por malversación, tráfico de influencias y corrupción en España

La denuncia se centra en que la mujer presuntamente utilizó su posición para influenciar acuerdos de negocios

Procesaron a Begoña Gómez, la mujer de Pedro Sánchez, por malversación, tráfico de influencias y corrupción en España
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Procesaron a Begoña Gómez, la mujer de Pedro Sánchez, por malversación, tráfico de influencias y corrupción en España

La denuncia se centra en que la mujer presuntamente utilizó su posición para influenciar acuerdos de negocios

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La esposa del presidente español Pedro Sánchez, Begoña Gómez, fue procesada por presuntos delitos de malversación, tráfico de influencias, corrupción en los negocios y apropiación indebida en una causa que lleva dos años de investigación. El juez Juan Carlos Peinado, sin embargo, dejó fuera uno de los cinco delitos que se le atribuyen: el de intrusismo profesional.

Gómez, en tanto, está de viaje oficial junto a su marido, el presidente del Gobierno español, en China. El magistrado concedió un plazo de cinco días a todas las partes para que insten lo que consideren oportuno respecto de la apertura del juicio oral, formulando el correspondiente escrito de conclusiones provisionales.

El caso contra la mujer de Sánchez se inició en 2024, cuando un grupo privado denominado Manos Limpias la denunció por haber utilizado su posición para influenciar acuerdos de negocios.

El juez Peinado encaró la investigación por dos vías: por un lado, en relación con la actividad profesional de Gómez con empresarios; y, por el otro, por si se llegó a producir un desvío de dinero público al contratar a Cristina Álvarez como asesora de la mujer de Sánchez para que colaborase con su actividad institucional y con su actividad privada.

Al no haber más que un indicio endeble, [el informe de una asociación de carácter cuasiprivada], no habiendo indicios plurales y sólidos, y existiendo contraindicios que avalan la posibilidad de la firma del pliego por la investigada, deben sobreseerse las actuaciones respecto de ese delito de intrusismo, dice la resolución a la que accedió el medio local El País.

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