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Cuestion Entrerriana 02/01/2026 22:36 2 min de lectura

El juez Marcelo Aguinsky resolvió mantener la competencia de su Tribunal en la "Causa AFA" por presunto lavado de dinero

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El juez Marcelo Aguinsky resolvió mantener la competencia de su Tribunal en la "Causa AFA" por presunto lavado de dinero
Foto: Cuestion Entrerriana

El juez Marcelo Aguinsky, titular del Juzgado Nacional en lo Penal Económico N.º 10, rechazó el planteo de inhibitoria formulado por el Juzgado Federal de Campana y resolvió mantener la competencia de su tribunal en la causa CFP 5277/2025, en la que se investiga un presunto lavado de dinero.

En su resolución, el magistrado sostuvo que el eje de la investigación no está determinado por la ubicación de un inmueble en Pilar, sino por un conjunto de maniobras económicas y financieras complejas, vinculadas a actos jurídicos, estructuras societarias y circuitos de fondos, cuyo epicentro se localiza en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Aguinsky destacó el avance sustancial de la instrucción, que ya reúne 3.869 páginas digitales de prueba, y subrayó que el escenario probatorio ha variado irrevocablemente desde el momento en que se planteó la discusión sobre la competencia. En ese marco, coincidió con el dictamen del fiscal en lo Penal Económico Claudio Navas Rial, quien consideró improcedente el traslado de la causa, según informó la Agencia Noticias Argentinas.

Entre las pruebas incorporadas recientemente, el juez mencionó un informe sobre consumos realizados con una tarjeta American Express corporativa de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), que registra gastos promedio mensuales cercanos a los 50 millones de pesos durante 2025. Esos fondos habrían sido utilizados, entre otros conceptos, para el mantenimiento de bienes secuestrados, movimientos que indicó deberán ser investigados para determinar si se encuentran vinculados a un delito en curso.

El fallo también señaló que el delito precedente del presunto lavado sería una administración fraudulenta (artículo 173, inciso 7, del Código Penal) en perjuicio de la AFA, atribuida a directivos de la entidad. En ese sentido, el magistrado recordó que el lavado de activos no se configura en un único hecho, sino a través de una cadena de conductas sucesivas.

Finalmente, Aguinsky concluyó que no existen razones suficientes para desplazar la competencia, remarcó la especialidad del fuero Penal Económico para investigar este tipo de delitos y ordenó comunicar la decisión al Juzgado Federal de Campana, además de remitir copia a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para su publicación, en atención al interés público del caso.

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