07/05/2026 18:57
07/05/2026 18:57
07/05/2026 18:56
07/05/2026 18:56
07/05/2026 18:56
07/05/2026 18:56
07/05/2026 18:56
07/05/2026 18:56
07/05/2026 18:54
07/05/2026 18:54
Paraná » Cuestion Entrerriana
Fecha: 07/05/2026 16:04
La Sala II de la Cámara Federal porteña dictó la falta de mérito a Alberto Fernández en la denominada Causa Seguros, al dejar sin efecto el procesamiento y el embargo que pesaban sobre el expresidente por el delito de negociaciones incompatibles con la función pública. La decisión se tomó tras el fallo de la Cámara Federal de Casación Penal, que había anulado el procesamiento de Fernández y ordenado dictar una nueva resolución sobre su situación procesal. El nuevo fallo fue firmado por los jueces Roberto Boico y Martín Irurzun, con la adhesión parcial de Eduardo Farah, en el marco de la investigación sobre el sistema de intermediación de seguros durante la gestión presidencial del Frente de Todos. Qué implica la falta de mérito para Alberto Fernández La resolución de la Cámara Federal establece que no hay elementos suficientes, por el momento, para que Fernández continúe procesado, pero tampoco para desvincularlo de manera definitiva del expediente. En consecuencia, el juez de primera instancia, Ariel Lijo, deberá volver a definir la situación procesal del exmandatario y de los demás imputados en la causa. Días atrás, la Cámara Federal de Casación Penal había anulado el procesamiento en el expediente que investiga presuntas irregularidades en la contratación de seguros estatales durante el gobierno del Frente de Todos, y ordenó que se dicte un nuevo fallo. La decisión de Casación dejó sin efecto, por el momento, el procesamiento por negociaciones incompatibles con la función pública que había sido confirmado por la propia Cámara Federal porteña. El argumento central fue la inexistencia de una acusación fiscal sostenida durante la revisión del caso. Los votos de Boico, Irurzun y Farah En su voto, el camarista Roberto Boico defendió la postura original del tribunal y cuestionó el criterio adoptado por Casación, aunque aclaró que debía acatar lo resuelto por el tribunal superior. Mantendré conceptualmente la postura asumida al confirmar el procesamiento del Dr. Alberto Fernández, sostuvo el magistrado, aunque finalmente votó para que su caso quede regido por el artículo 309 del digesto procesal, es decir, bajo la figura de falta de mérito. Irurzun, por su parte, señaló que correspondía revocar el fallo que procesó y embargó a Alberto Fernández, dejando su situación alcanzada por la figura de falta de mérito prevista en el Código Procesal Penal. También remarcó que el juez de primera instancia deberá volver a expedirse sobre el mérito de este y los demás casos que conforman la causa, al reordenar el análisis de responsabilidades en el expediente. Farah coincidió en que la situación procesal del exmandatario debía quedar bajo falta de mérito, aunque fue más allá y propuso extender ese criterio a otros imputados vinculados a las maniobras investigadas bajo la denominada Intermediación Martínez Sosa. Según sostuvo, la situación de Fernández impacta directamente sobre la estructura de responsabilidades que había sido delineada en el expediente, por lo que el nuevo encuadre debía alcanzar a otros acusados. El eje de la investigación por los seguros del Estado La causa analiza el funcionamiento del esquema de seguros estatales implementado durante el gobierno del Frente de Todos y el rol del broker Héctor Martínez Sosa, señalado como intermediario entre organismos públicos y Nación Seguros. Los investigadores intentan determinar si existió direccionamiento de contratos y un sistema de comisiones indebidas a partir del decreto que centralizó las contrataciones de seguros del Estado nacional. En paralelo, y tras el revés de Casación, la defensa de Alberto Fernández había pedido a la Cámara Federal la nulidad de la causa por violencia de género, planteo que se enmarca en la estrategia jurídica del expresidente frente a este expediente.
Ver noticia original