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» Nova Entre Rios
Fecha: 04/05/2026 18:46
La fuerte sospecha, alimentada por trascendidos que apuntan directamente al vocal Daniel Carubia, de que la Sala Penal se disponía a declarar la nulidad de la causa al haber detectado «serias irregularidades» y la exclusión deliberada de las máximas autoridades legislativas, precipitó una maniobra defensiva del Ministerio Público Fiscal. Según se deslizó desde los pasillos de tribunales, Carubia habría advertido que la pesquisa estaba «empañada» por falacias investigativas que protegían a la cúpula política, lo que forzó al fiscal Leandro Dato a recusar a los magistrados antes de que emitieran un fallo que dejara al descubierto una instrucción centrada únicamente en empleados de menor rango o «perejiles».
En una determinación que genera un fuerte cimbronazo en la cúpula de la justicia entrerriana, la Sala N° 1 en lo Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) resolvió, por mayoría, hacer lugar al planteo de recusación contra los vocales Daniel O. Carubia, Germán R. F. Carlomagno y Claudia M. Mizawak. La decisión, fundamentada en una supuesta pérdida de la «apariencia de imparcialidad», despeja el camino para que un nuevo tribunal, integrado por los doctores Miguel Ángel Giorgio, Carlos Federico Tepsich y Laura Mariana Soage, tome las riendas de la causa conocida como «Contratos Truchos I». Sin embargo, para los observadores del caso, este desplazamiento no es más que una «maniobra de salvataje» del Ministerio Público Fiscal (MPF) para evitar que se desnude una investigación defectuosa que evitó, durante años, mirar hacia las presidencias de las Cámaras de Senadores y Diputados.
El conflicto de fondo reside en la escandalosa distinción entre Contratos I y la recientemente impulsada Contratos II. Mientras que en el primer expediente se cuestionó la ausencia de los verdaderos responsables, el MPF intentó calmar la indignación pública abriendo una segunda causa donde sí aparecen figuras de peso como Adán Bahl, Aldo Ballestena, Eduardo Lauritto, José Cáceres, Sergio Urribarri y José Allende. No obstante, la polémica escala al analizar la carátula elegida para estos altos funcionarios: se los investiga bajo la figura de «negligencia». En términos llanos, la fiscalía sostiene la inverosímil tesis de que estas autoridades simplemente «no se dieron cuenta» o «no prestaron atención» mientras firmaban y autorizaban la evaporación de 53 millones de dólares de las arcas públicas. Esta calificación de «omisión por descuido» es vista como un escudo legal diseñado para evitar condenas por corrupción dolosa, intentando hacer pasar por «distracción» lo que la sociedad civil ya ha sentenciado como un esquema de saqueo organizado.
La investigación conocida como Contratos II profundiza el escándalo al apuntar directamente a las máximas autoridades legislativas, incluyendo a Laurito, Cáceres, Bahl y Ballestena en el Senado, y a Allende y Urribarri en Diputados, bajo la sospecha de una asociación ilícita que habría desviado millones de dólares de las arcas públicas. Lejos de detenerse tras las denuncias de 2018, el sistema de drenaje de fondos habría crecido entre un 40% y 50% durante las gestiones de Ángel Giano y Laura Stratta, quienes fueron señalados por un férreo ocultamiento de datos públicos y el manejo discrecional de recursos. Resulta inverosímil para la opinión pública la tesis de la «negligencia» o el «no haber visto», ya que se trata del robo más grande en la historia de Entre Ríos, donde se evaporó casi la mitad del presupuesto legislativo frente a las narices de quienes debían controlarlo.
La resolución que aparta a los jueces originales de la Causa Contratos I contó con el voto principal del Dr. Miguel Ángel Giorgio, que justificó el apartamiento en el adelantamiento de opinión de los magistrados al tratar el pedido de Jury del fiscal del Ignacio Aramberry, reproche finalmente rechazado por el Jurado de Enjuiciamiento. Las críticas vertidas por los vocales no resultaron «neutras». Ante este escenario, los abogados defensores ya preparan un contraataque ruidoso: presentarán un Recurso Extraordinario Federal alegando que se ha violado de forma flagrante la garantía del Juez Natural.
La garantía del juez natural en Argentina, establecida en el artículo 18 de la Constitución Nacional, asegura que nadie puede ser juzgado por comisiones especiales o sacado de los jueces designados por ley antes del hecho de la causa. Esta garantía previene tribunales ad hoc, garantizando imparcialidad y competencia predeterminada por ley.
El argumento de las defensas por su lógica: si los primeros tres jueces fueron apartados por haber opinado sobre el expediente en contextos administrativos, el Dr. Giorgio debería correr la misma suerte. Se sostiene que Giorgio participó de las mismas reuniones institucionales y procesos previos que sus colegas recusados, por lo que su permanencia en el tribunal vicia de nulidad cualquier decisión futura.
Finalmente, la causa se encaminaría a una resolución en la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mientras en Entre Ríos la condena social ya está instalada y es irreversible. La opinión pública no logra procesar cómo es posible que se hable de «negligencia» o «falta de atención» ante el desvío de sumas astronómicas que requerían de una ingeniería contable y política sistemática. La gente común entiende que los responsables son las autoridades máximas que ponían el gancho y no solo los administrativos de turno. El apartamiento de la Sala Penal, lejos de traer transparencia, ha reforzado la sospecha de que el sistema judicial intenta protegerse a sí mismo, desplazando a los magistrados que se atrevieron a señalar que la investigación del MPF estaba, desde su origen, viciada por la protección a los dueños del poder.
La gravedad de lo que está en juego con la posible caída de la causa es incalculable, ya que desde aquel descubrimiento inicial de los contratos truchos en 2018 hasta este presente en 2026, han transcurrido ocho años de proceso judicial. Si la investigación finalmente se anula, se estarían invalidando ocho años de trabajo, lo que dejaría muy mal parado al Ministerio Público Fiscal y en evidencia una gestión deficiente por parte de la fiscalía durante casi una década de instrucción. Sería la confirmación de que se realizó una tarea errónea desde el principio, desperdiciando un tiempo vital para la justicia entrerriana y permitiendo que ocho años de esfuerzos investigativos se desvanezcan por irregularidades procesales.
Fuente: El Portal de Ricardo David.
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