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Fecha: 01/05/2026 19:37
La SRT modificó los trámites ante las Comisiones Médicas 01/05/2026 Desde el organismo aseguraron que el objetivo es adecuar el instrumento de valoración del daño a los avances tecnológicos en el ámbito del trabajo y a los progresos científicos y médicos en materia de diagnóstico y evaluación. La Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRT), a través de la Resolución 5/26, ha introducido cambios significativos en los procedimientos vinculados a accidentes laborales y enfermedades profesionales. La normativa establece y ordena los procedimientos a seguir al momento de iniciar trámites por incapacidad, rechazo de accidente, rechazo de enfermedad profesional o por prestaciones ante las Comisiones Médicas. La principal innovación consiste en la inclusión de nuevas alternativas además de la audiencia médica en los trámites ante la SRT. Además de poder convocarse a una audiencia médica, el trabajador podría ser convocado solamente a una interconsulta médica o podría solicitarse que se realice un estudio médico. Inclusive el caso podría resolverse sin convocatoria alguna siempre que la documentación médica obrante en el expediente así lo permita. Ello facilitará la solución de los casos de manera más rápida y eficiente, ya que el médico de la SRT puede emitir dictamen con la documentación obrante en el expediente, aportada al inicio del trámite por la ART y el trabajador a través de su patrocinante letrado, argumentaron. Sólo en los casos donde el profesional médico considere insuficiente la documentación recibida, se puede solicitar al trabajador la realización de estudios complementarios y/o citarlo a una audiencia médica para luego emitir el dictamen. Siempre para dar inicio al trámite, el trabajador a través de representante letrado debe presentar la totalidad de la documentación disponible mediante los formularios anexos publicados en el sitio web de la SRT. Una vez completados, estos deben ser ingresados a través del sistema de Ventanilla Electrónica. La Resolución 5/26 se inscribe en una serie de medidas impulsadas por la SRT con el objetivo de simplificar los trámites gestionados a través de sus canales de atención. En este sentido, durante 2025 y luego de un proceso de consenso entre los distintos actores que integran el Consejo Consultivo Permanente de la Ley sobre Riesgos del Trabajo se dictó el Decreto 549, mediante el cual se actualizó el Baremo laboral. Esta medida respondió a la necesidad de adecuar el instrumento de valoración del daño a los avances tecnológicos en el ámbito del trabajo y a los progresos científicos y médicos en materia de diagnóstico y evaluación, lo que permitirá una mayor precisión y agilidad en la determinación de las incapacidades laborales, expresaron.
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