Contacto

×
  • +54 343 4178845

  • bcuadra@examedia.com.ar

  • Entre Ríos, Argentina

  • A casi cinco años del robo a la Sala de Casinos de Paraná dos acusados fueron condenados en sendos juicios abreviados

    Parana » APF

    Fecha: 30/04/2026 11:55

    A casi cinco años del robo a la Sala de Casinos de Paraná dos acusados fueron condenados en sendos juicios abreviados El juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, Fernando Martínez Uncal, resolvió este jueves homologar los acuerdos de juicio abreviado que le presentaron el viernes 24 el fiscal, Juan Manuel Pereyra, y la defensa de Gustavo Cabrera, a cargo de Eduardo Gerard; y la de Martín Mildenberger, en manos de Constanza Bonazzola, en relación a la responsabilidad que ambos imputados reconocieron en aquella audiencia por los roles que desempeñaron en el asalto a la Sala de Casinos Neo Game, ubicada en barrio San Agustín, de Paraná, que ocurrió durante la mañana del 19 de octubre de 2021. El juez condenó a Cabrera, alias Gringo, como coautor del delito de Robo agravado por el uso de arma de utilería, y le impuso la pena de tres años y siete meses de prisión efectiva. Para ello procedió a revocar la pena de cumplimiento condicional que le impuso el Juzgado de Garantías N° 6 de Paraná el 2 de mayo de 2019, como autor material y responsable de los delitos de Privación abusiva de la libertad y Vejaciones, primer hecho, y Falso testimonio, segundo hecho, en concurso, unificándola en la pena única de cuatro años. A Mildenberger, alias Flaco, Tincho o Pelado, lo condenó como coautor del mismo delito y lo condenó a la pena de tres años de cumplimiento condicional más la observación de reglas de conducta, entre las que se encuentra no ingresar ni acercarse en un radio de 200 metros al Casino Nego Game Paraná. Respecto del cuarto imputado, Héctor Emanuel Cejas, por una penosa situación familiar que atraviesa la defensora Corina Beisel, se acordó prorrogar la audiencia. Causa de enorme complejidad Tras la resolución, Gerard expresó que fueron cinco años de defensa penal sostenida, en una causa de enorme complejidad, confirman algo que muchas veces se pierde de vista fuera de tribunales: defender no es justificar, defender es garantizar derechos, controlar la legalidad del proceso y disputar cada decisión que pueda resultar arbitraria o desproporcionada. El letrado recordó que la causa comenzó con una condena de primera instancia de 9 años de prisión y añadió que sin embargo, se pudo con arduo trabajo obtener la nulidad de esa sentencia, la realización de un nuevo juicio, el cambio de jurisdicción, el cambio de calificación y, finalmente, arribar a una resolución muy distinta: un acuerdo de culpabilidad con una pena de 3 años y 7 meses, unificada en 4 con condena anterior. Gerard entendió que en derecho penal, el resultado no siempre se mide en absolución o condena como únicas categorías. También se mide en la capacidad de revisar sentencias erróneas, reducir consecuencias desproporcionadas, corregir irregularidades procesales y asegurar que ninguna persona sea sometida a una respuesta penal más gravosa que la legalmente válida. Porque muchas veces, en el proceso penal, el verdadero éxito no consiste solo en evitar una condena, sino en impedir una injusticia mayor. Complejo derrotero El hecho ocurrió el 19 de octubre de 2021. Se detuvo a cuatro personas que fueron condenadas tras un juicio por jurados que se realizó en noviembre de 2022 y luego se anuló por cuestiones técnicas. Se discutió hacer el juicio en otra jurisdicción y se concedió, pero luego se dio marcha atrás y luego se volvió a discutir el cambio de jurisdicción por los sucesivos recursos que presentaban las partes. El 10 de noviembre de 2022, tras cuatro jornadas de debate y luego de una dilatada deliberación, un jurado popular declaró por unanimidad culpables a Santini, Cejas y Cabrera, como coautores del delito de Robo agravado por el uso de arma de fuego; en tanto que a Mildemberger lo consideró partícipe o cómplice primario de aquel delito. Aquel veredicto fue anulado a fines de julio de 2023 por una sentencia de la Cámara de Casación de Paraná que entendió que se quebrantó la Ley de Juicio por Jurados, el Código Procesal Penal y el sistema acusatorio. La Cámara añadió que por parte del juez técnico se realizaron consideraciones respecto a los antecedentes condenatorios de uno de los imputados que pudieron influenciar al jurado con el ingreso indebido de información y que se violaron los topes cuando no se le informó al jurado sobre una opción que comprendía un delito menor incluido. En procura de un jurado imparcial A fines de septiembre de 2023, tras la anulación del veredicto, el juez del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Paraná, Alejandro Grippo, hizo lugar al pedido de tres defensas que argumentaron que por la difusión que tuvo el caso no sería posible constituir un jurado imparcial con vecinos de Paraná que no estén en conocimiento de las instancias del proceso, tal como lo dispone la Ley de Juicio por Jurados, y dispuso la prórroga de jurisdicción para la realización de un nuevo debate ante un nuevo jurado. El 30 de mayo de 2024, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia (STJ) de la provincia resolvió hacer lugar al recurso de impugnación extraordinaria interpuesto por Eduardo Gerard, defensor de Gustavo Adrián Cabrera y por Tulio Kamlofsky y Constanza Bonazzola, en ejercicio de la defensa de Alfonso Martín Mildenberger, contra la resolución Nº 209 dictada el 24 de octubre de 2023 por la Sala I de la Cámara de Casación Penal la que, en consecuencia, se revoca, confirmándose el pronunciamiento dictado en fecha 18 de septiembre por el señor Vocal del Tribunal de Juicios y Apelaciones, Alejandro Grippo. Así, se ratificaba el cambio de jurisdicción. A partir de aquella decisión comenzó otro camino procesal. Se comenzó a discutir el principio de juez natural. Es decir, si los tres acusados que quedan en proceso, debían ser juzgados por sus pares o por jueces técnicos. El martes 22 de abril de 2025, la Cámara de Casación hizo lugar al recurso interpuesto por el Ministerio Público Fiscal (MPF), el 23 de octubre de 2024, contra la resolución dictada por el vocal del Tribunal de Juicio y Apelaciones de Concepción del Uruguay, Fernando Martínez Uncal, el 16 de octubre de 2024, y la revocó. La Cámara remitió las actuaciones al Tribunal de Juicio y Apelaciones correspondiente, para que continúe con el trámite de la causa, según su estado. El hecho Cabrera y Mildenberger, reconocieron ser los autores del hecho ocurrido el 19 de octubre de 2021, a las 10:43, (cuando) Eric Augustin Santini y Héctor Emanuel Cejas, de consuno y bajo la logística y coordinación de Gustavo Adrian Cabrera, ingresaron a la Sala del Casino Neo Game, ubicada en calle Galán N° 1447 de esta Capital, inmediatamente con la llegada del empleado encargado de la sala de juegos Alfonso Martin Mildenberger, con quien ya habían coordinado previamente, y los aguardó en cumplimiento de un plan previo acordado. La acusación sostuvo que el ingreso al local se produjo empuñando Santini una pistola, posiblemente réplica, y Cejas un revólver calibre .22 corto, profiriendo ambos a viva voz que se se trataba de un robo. Una vez en el local, mientras Cabrera custodiaba en las afueras yendo y viniendo, Santini y Cejas forcejearon con el empleado de maestranza Emiliano Giménez y llevaron a éste y, simultáneamente, a Mildenberguer hacia la tesorería, lugar donde Mildenberguer le pidió al Tesorero Gastón Alejandro Burgos que abriera la puerta y, bajo amedrentamiento y apuntando Cejas con el revólver, lograron que el mismo les abriera. También acusó que al ingresar a la Tesorería, con violencia constante hacia el empleado de maestranza y el tesorero, Cejas y Santini sustrajeron la suma aproximada de pesos dos millones ($ 2.000.000), provenientes de la recaudación de los días anteriores y que se encontraban siendo contados en parte y otra tanto guardados en la caja fuerte del lugar. Finalmente, ambos se retiraron con el dinero sustraído en bolsas, en dirección al domicilio de Cabrera sobre calle Isidoro Rossi Nº 1080, siguiéndolos este a los pocos instantes". (APFDigital)

    Ver noticia original

    También te puede interesar

  • Examedia © 2024

    Desarrollado por