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  • Causa Seguros: La Cámara Federal de Casación Penal anuló el procesamiento de Alberto Fernández

    Parana » Cuestion Entrerriana

    Fecha: 29/04/2026 20:46

    La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal hizo lugar, por mayoría, al recurso presentado por Alberto Fernández y anuló la confirmación de su procesamiento en la causa por presuntas negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública vinculadas a la contratación de seguros del Estado. La decisión fue adoptada por los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, quienes integraron la mayoría, luego de que el fiscal ante la Cámara Federal, José Agüero Iturbe, considerara que no había elementos para procesar al expresidente. En consecuencia, se dejó sin efecto la resolución que había confirmado el procesamiento, los embargos y las prohibiciones de salida del país dictados contra el exmandatario, y se ordenó que el tribunal de origen emita un nuevo pronunciamiento. El origen de la causa y el alcance de la investigación El expediente se originó en febrero de 2024 a partir de denuncias por presuntas irregularidades en contrataciones de seguros de organismos estatales, con especial foco en ANSES. El objeto procesal se delimitó en torno al Decreto 823/2021, que dispuso la centralización de la contratación de seguros a través de Nación Seguros S.A.. En ese marco, se investigó un presunto esquema de direccionamiento irregular, con incorporación indebida de intermediarios y coaseguradoras, pago de comisiones superiores a las de mercado y eventual perjuicio patrimonial para el Estado. El 18 de noviembre de 2025, la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal había confirmado los procesamientos, embargos y prohibiciones de salida del país dispuestos respecto de Alberto Fernández por su participación en el hecho identificado como a, así como otras medidas cautelares. Luego, el 10 de febrero de 2026, se dictó el procesamiento de varias compañías aseguradoras y de Héctor Martínez Sosa, amigo personal del exmandatario. En el mismo fallo también se procesó al exadministrador general de la Residencia Presidencial de Olivos, Hugo Rodríguez, acusado de haber facilitado encuentros entre el empresario y el entonces presidente sin registrarlos oficialmente y con conocimiento del plan investigado. El planteo de la defensa y el rol de la fiscalía La defensa de Alberto Fernández sostuvo que la cámara de apelaciones confirmó el procesamiento a pesar de que el fiscal de esa instancia había solicitado su revocación y el dictado de la falta de mérito. En esa línea, planteó una afectación del principio acusatorio, del derecho de defensa, del debido proceso, del principio de congruencia y de la imparcialidad, junto con cuestionamientos a la valoración de la prueba, a la calificación legal y a las medidas cautelares. Tras habilitarse la instancia por vía de queja y celebrarse la audiencia prevista en el artículo 465 bis, la mayoría de la Casación entendió que, al momento de resolver la cámara de apelaciones, no existió contradicción entre las partes respecto del temperamento a adoptar, pues tanto la fiscalía como la defensa habían coincidido en requerir la falta de mérito y, aun así, se confirmó el procesamiento. Precisamente, el aspecto dirimente del caso se dio en la audiencia de apelación ante la Sala II de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, en la que el Fiscal General expresamente pidió que se revocara el procesamiento de Alberto Fernández y que se dictara la falta de mérito, al entender que no había elementos de prueba suficientes y que era necesario producir más medidas para definir la situación procesal. Ese punto fue considerado central porque cambió el escenario procesal: defensa y fiscalía coincidían en que debía revocarse el procesamiento y dictarse la falta de mérito, y no había, entonces, controversia entre las partes sobre ese resultado en esa audiencia. El límite del sistema acusatorio y la decisión de Casación Ese fue el planteo principal de la defensa cuando llevó el caso ante la Cámara Federal de Casación Penal: sostuvo que, si la acusación pública no sostenía el procesamiento y la defensa también pedía su revocación, la cámara de apelaciones no podía confirmar la acusación sin respaldo fiscal, porque eso vulneraba el principio acusatorio y el debido proceso. En ese contexto, la mayoría de la Sala IV señaló que existe un límite cuando el tribunal decide en perjuicio del imputado en un contexto de ausencia de contradictorio, es decir, sin partes enfrentadas en la audiencia respecto de la solución a adoptar, y por esa vía se excede de la pretensión acusatoria efectivamente sostenida en ese momento. Ese límite del sistema acusatorio, tal como lo desarrolla el voto mayoritario, implica que el juez debe ocupar un lugar de tercero imparcial y resolver sobre la base del contradictorio: una pretensión de la acusación y la oposición de la defensa. Y cuando no hay contradicción porque las partes coinciden en este caso, fiscalía y defensa piden falta de mérito, los jueces no pueden resolver en perjuicio del imputado. En ese sentido, la mayoría de la CFCP, integrada por los jueces Mariano Borinsky y Javier Carbajo, concluyó que el pronunciamiento recurrido fue dictado en exceso de la pretensión expuesta por la parte acusadora. Por ello, dispuso anular la resolución y remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte un nuevo pronunciamiento. Finalmente, la mayoría de la Sala IV hizo lugar al recurso de casación, anuló la resolución cuestionada y devolvió el expediente al tribunal de origen para que vuelva a resolver sobre la situación procesal de Alberto Fernández.

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