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» Clarin
Fecha: 28/04/2026 15:52
El fallo es inédito y reconoce por primera vez que un abuso sexual con acceso carnal puede cometerse a través de medios digitales, sin que la víctima tenga un contacto físico con su agresor. "Me perturbaba todo el tiempo, me llamaba todo el tiempo", declaró la víctima que se atrevió a denunciar cuando -desesperada por las amenazas y la extorsión- le pidió ayuda a su profesora de danza. Si bien el "grooming" o el ciberacoso existe como forma de sancionar la conducta de un adulto que contacta a un menor por redes sociales con la intención de cometer un delito contra su integridad sexual, el Tribunal Oral en lo Criminal (TOC) N° 4 de Morón dio un paso más y condenó a Orlando Tristán Novillo (44) a 20 años de prisión por violar a una nena de 12 años a la que mantuvo cautiva virtualmente hasta los 15 desde un penal de la provincia de Buenos Aires. Para los jueces Carlos Roberto Torti, Rodolfo Castañares y Verónica Vanesa Gerez, el imputado es responsable de abuso sexual con acceso carnal, producción de imágenes de una persona menor de edad con fines sexuales agravadas por ser la víctima menor de 13 años; corrupción de menores agravada por haber mediado intimidación; y tenencia de representaciones de personas menores de 13 años de edad dedicados a actividades sexuales explícitas y de la representación de sus partes genitales, extorsión y defraudación mediante el uso de tarjetas de crédito. La investigación fue llevada adelante por los fiscales Claudio Oviedo, Marisa Monti y Patricio Pagani, de la Fiscalía N.º 5 de Morón, que además de lograr una condena más grave, también pidieron que Novillo no tenga acceso a dispositivos tecnológicos que le permitan atacar a otras víctimas. Por su parte, Novillo reconoció los hechos al inicio del juicio y manifestó: "Es mi voluntad, estoy de acuerdo, todo lo que manifestó el fiscal, todo lo que dijo el fiscal, es cierto y estoy muy arrepentido de ello", declaró y no contestó preguntas de las partes. El caso En enero de 2020, una nena de 12 años que recién empezaba a usar redes sociales comenzó a recibir solicitudes de amistad de contactos desconocidos. "Eran solicitudes raras, de cuentas eh como truchas, yo me negué varias veces. Después al negar varias veces, una cuenta sola siguió insistiendo, que era la cuenta de alguien que se hacia pasar por un adolescente", contó la joven que pudo declarar en Cámara Gesell tres años después. "Como ya estaba agotada de rechazarla, digo bueno, vamos a ver qué quiere, por qué tanto pedido de solicitud", y aceptó a un hombre -Novillo- que se hacía pasar por un adolescente primero de 15, después de 27 y después de 35. El relato de la adolescente y el registro de los teléfonos celulares coinciden: las llamadas y los contactos eran insistentes, tanto que cada vez que ella lo bloqueaba y se abría otra cuenta, él la encontraba y continuaba escribiéndole o llamándola. En una de esas oportunidades en los que la niña intentó escapar y eludir a su agresor él escribió más de 20 veces para que le enviara mensajes por WhatsApp. La víctima reconoció tener padres presentes que la cuidaban y que "la llevaban a todos lados", pero el abusador -que había sido condenado en 2008, 2012 y 2017 por hechos vinculados a abuso sexual en la infancia- logró manipularla y mantenerla cautiva mediante mensajes y llamadas diarias. Primero la extorsionó pidiéndole fotos en ropa interior, prometiéndole trabajo como modelo, y luego la convenció de que le enviara fotografías sin ropa y de contenido sexual. Las llamadas y los mensajes eran permanentes, diarios e ininterrumpidos, a excepción de tres meses entre noviembre de 2022 y febrero de 2023. La comunicación se convirtió en dominio psicológico, amenazas y coacción que la obligaron a someterse a la voluntad de su abusador. En plena pandemia, el delincuente la extorsionaba con publicar las imágenes que le había enviado, con decirle a sus padres y con exponerla ante sus compañeras de colegio en un contexto de extrema vulnerabilidad: su padre (dedicado al turismo) había perdido el trabajo producto de las restricciones por la pandemia de coronavirus. Cuando la niña se decidía a bloquearla, él la contactaba por otras cuentas nuevas y hasta se comunicaba con las amigas de la escuela para que ella supiera que él podía contactarla y hacer más real las amenazas. "Empezó a seguir a mis amigas, a todas mis amigas (de la escuela), es una de las razones por las que me fui del colegio, se empezó a llevar con ellas, no les pedía ni fotos ni videos, pero les hablaba tipo para amenazarme a mi, que le podía mostrar también eso a mis amigas. Un día yo le mando un video, le había mandado mensajes a una amiga (...), entonces ahí yo me cagué toda porque sabía que hablaba con mis amigas", recordó la joven sobre las maniobras que utilizaba para someterla. Además, el abusador la obligaba a enviarle fotos de las tarjetas de crédito de sus padres, a realizarle transferencias y hasta depósitos en entidades financieras a una cuenta a nombre de una mujer. Tanto fue así que los padres de la víctima iniciaron una causa penal denunciando a las entidades bancarias por permanentes estafas y gastos desconocidos en sus cuentas bancarias. Fue así que la chica se animó a contar lo que estaba sufriendo: luego de tres años su agresor le exigía dinero que ella no tenía ni podía -porque sus padres la llevaban y traían a todos lados- depositarla personalmente. Entonces, desesperada, acudió a una profesora de baile a la que le pidió una trasferencia bancaria y le contó la situación. La docente la hizo pero, como no le llegó, el agresor volvió a amenazar a la adolescente. Luego le advirtió a la madre y juntas hicieron la denuncia que terminó en condena. Las claves para alcanzar la condena Hubo tres puntos clave fundamentados por el juez Carlos Roberto Torti, quien tuvo a su cargo la redacción del fallo al que adhirieron sus compañeros del tribunal. Primero, la asimetría entre el adulto y una niña de 12 años, además del proceso de "cosificación e instrumentalización" bajo amenazas de viralizar fotos íntimas de la nena entre sus amigos, abuelos y compañeros de escuela. Así Novillo tomó el "control total" de su voluntad sometiéndola al terror. Se consideró que la víctima, al ser una niña de 12 años al inicio de los hechos, se encontraba en una situación de vulnerabilidad por edad y género, lo que obligó al tribunal a analizar las relaciones asimétricas de poder. La extorsión y las amenazas se convirtieron en un elemento de sometimiento del que la niña y que dejaron huellas en su desarrollo. "Aparecen indicadores de traumatismo psíquico" y "presenta indicadores de haber padecido vivencias sexuales abusivas", además de "un relato coherente". Además las pericias encontraron indicadores de sentimientos de temor y vulnerabilidad, además de hipervigilancia, apatía y abatimiento. También perturbaciones del sueño, fallas en la concentración, flashbacks y descenso del rendimiento escolar, describieron sobre las consecuencias de los abusos. Las pruebas fueron finalmente encontradas en los teléfonos de la víctima y de su victimario, que coinciden con el relato de la adolescente. Por último, el condenado la obligaba a conectarse por videollamada poniendo a la niña a "disposición de su voluntad" y fue así como -para el tribunal- "este la abusó sexualmente en diversas modalidades, siempre en el marco de las comunicaciones por videollamadas que estaba compelida a soportar, viendo como él hacía la representación" de situaciones de contenido sexual, o porque se exhibía mientras se estimulaba sexualmente y hasta porque la "accedió carnalmente" en sus exigencias. Para los jueces, "el delito de accesión carnal no es un delito de propia mano" porque "si esto es así, entonces, el acceso carnal a distancia puede considerarse cometido por autoría mediata: la víctima coaccionada actúa como instrumento del autor, que utiliza el propio cuerpo de la víctima para lograr el acceso carnal". La relevancia del fallo, además, apunta a entender la virtualidad como un nuevo escenario de la violencia sexual sin que la falta de presencia física sea un atenuante del delito. AA Sobre la firma Newsletter Clarín
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